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ACTA DE Asignación DE Responsabilidades SG-SST

estudiante
Asignatura

Sistema de gestión en seguridad y salud en el trabajo (2709539)

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Universidad

SENA SofiaPlus

Año académico: 2022/2023
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ACTA DE ASIGNACIÓN DE

RESPONSABILIDADES EN SEGURIDAD Y

SALUD EN EL TRABAJO

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Según el Artículo 2.2.4.6 del Decreto 1072 de 2015, el empleador está obligado a la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, acorde con lo establecido en la normatividad vigente. Dentro del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) en la empresa, el empleador tendrá entre otras, las siguientes obligaciones:

  1. Política y objetivos: Definir, firmar y divulgar la política de Seguridad y Salud en el Trabajo a través de documento escrito, el empleador debe suscribir la política de seguridad y salud en el trabajo de la empresa, la cual deberá proporcionar un marco de referencia para establecer y revisar los objetivos de seguridad y salud en el trabajo.

  2. Asignación y Comunicación de Responsabilidades: Debe asignar, documentar y comunicar las responsabilidades específicas en Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) a todos los niveles de la organización, incluida la alta dirección.

  3. Rendición de cuentas al interior de la empresa: A quienes se les hayan delegado responsabilidades en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG- SST), tienen la obligación de rendir cuentas internamente en relación con su desempeño. Esta rendición de cuentas se podrá hacer a través de medios escritos, electrónicos, verbales o los que sean considerados por los responsables. La rendición se hará como mínimo anualmente y deberá quedar documentada.

  4. Definición de Recursos: Debe definir y asignar los recursos financieros, técnicos y el personal necesario para el diseño, implementación, revisión evaluación y mejora de las medidas de prevención y control, para la gestión eficaz de los peligros y riesgos en el lugar de trabajo y también, para que los responsables de la seguridad y salud en el trabajo en la empresa, el Comité Paritario o Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo según corresponda, puedan cumplir de manera satisfactoria con sus funciones.

  5. Cumplimiento de los Requisitos Normativos Aplicables: Debe garantizar que opera bajo el cumplimiento de la normatividad nacional vigente aplicable en materia de seguridad y salud en el trabajo, en armonía con los estándares mínimos del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos Laborales de que trata el artículo 14 de la Ley 1562 de 2012.

  6. Gestión de los Peligros y Riesgos: Debe adoptar disposiciones efectivas para desarrollar las medidas de identificación de peligros, evaluación y valoración de los riesgos y establecimiento de controles que prevengan daños en la salud de los trabajadores y/o contratistas, en los equipos e instalaciones.

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  1. Plan de Trabajo Anual en SST: Debe diseñar y desarrollar un plan de trabajo anual para alcanzar cada uno de los objetivos propuestos en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), el cual debe identificar claramente metas, responsabilidades, recursos y cronograma de actividades, en concordancia con los estándares mínimos del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos Laborales.

  2. Prevención y Promoción de Riesgos Laborales: El empleador debe implementar y desarrollar actividades de prevención de accidentes de trabajo y enfermedades laborales, así como de promoción de la salud en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), de conformidad con la normatividad vigente.

  3. Participación de los Trabajadores: Debe asegurar la adopción de medidas eficaces que garanticen la participación de todos los trabajadores y sus representantes ante el Comité Paritario o Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo, en la ejecución de la política y también que estos últimos funcionen y cuenten con el tiempo y demás recursos necesarios, acorde con la normatividad vigente que les es aplicable.

Así mismo, el empleador debe informar a los trabajadores y/o contratistas, a sus representantes ante el Comité Paritario o el Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo, según corresponda de conformidad con la normatividad vigente, sobre el desarrollo de todas las etapas del Sistema de Gestión de Seguridad de la Salud en el Trabajo SG-SST e igualmente, debe evaluar las recomendaciones emanadas de estos para el mejoramiento del SG-SST.

El empleador debe garantizar la capacitación de los trabajadores en los aspectos de seguridad y salud en el trabajo de acuerdo con las características de la empresa, la identificación de peligros, la evaluación y valoración de riesgos relacionados con su trabajo, incluidas las disposiciones relativas a las situaciones de emergencia, dentro de la jornada laboral de los trabajadores directos o en el desarrollo de la prestación del servicio de los contratistas.

  1. Dirección de la Seguridad y Salud en el Trabajo–SST en las empresas: Debe garantizar la disponibilidad de personal responsable de la seguridad y la salud en el trabajo, cuyo perfil deberá ser acorde con lo establecido con la normatividad vigente y los estándares mínimos que para tal efecto determine el Ministerio del Trabajo quienes deberán, entre otras:

10 Planear, organizar, dirigir, desarrollar y aplicar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST, y como mínimo una (1) vez al año, realizar su evaluación; 10 Informar a la alta dirección sobre el funcionamiento y los resultados del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST, y 10 Promover la participación de todos los miembros de la empresa en la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST; y

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Según el Artículo 2.2.4.6 del Decreto 1072 de 2015, los trabajadores, de conformidad con la normatividad vigente tendrán entre otras, las siguientes responsabilidades:

  1. Procurar el cuidado integral de su salud.
  2. Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa;
  3. Informar oportunamente al empleador o contratante acerca de los peligros y riesgos latentes en su sitio de trabajo;
  4. Participar en las actividades de capacitación en seguridad y salud en el trabajo definido en el plan de capacitación del SG–SST.
  5. Participar y contribuir al cumplimiento de los objetivos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST.
  6. Cumplir con las responsabilidades asignadas en SST y rendir cuentas internamente en relación con su desempeño.
  7. Comunicar a la Gerencia los problemas o las inquietudes que tengan sobre el Sistema de gestión SST.
  8. Reconocer los derechos y deberes del Sistema General de Riesgos Laborales.
  9. Reconocer los riesgos a los que están expuestos en su labor, las actividades críticas y sus procedimientos, y participar de la elaboración de matrices de peligros y riesgos.
  10. Reconocer las responsabilidades correspondientes en el proceso de gestión del cambio en la empresa.
  11. Brindar soporte al Coordinador SST en todas las tareas a realizar, además de aplicar todas las medidas de control recomendadas derivadas de la gestión del cambio.
  12. Reconocer y participar de los programas de gestión para riesgos prioritarios, programas de vigilancia epidemiológica.
  13. Reconocer los riesgos de salud pública en la zona donde laboran, al igual que identificar las actividades de prevención y promoción en salud desarrolladas.
  14. Asegurarse de tener instrucción completa antes de realizar las tareas.
  15. Hacer uso adecuado de los Elementos de Protección Personal asignados por el empleador.
  16. Reportar oportunamente mediante los mecanismos diseñados los casos de emergencia que puedan ocurrir en la empresa.
  17. Reconocer lo que debe hacer cuando se presente una situación de emergencias: sus funciones y responsabilidades, los procedimientos para atender las emergencias en que se ve involucrada su área, salidas de emergencia, rutas de evacuación y los puntos de encuentro, los líderes/coordinadores para la atención de emergencia.
  18. Identificar y notificar oportunamente los actos y condiciones inseguras, y también los casos de accidentes e incidentes en el trabajo de acuerdo al formato correspondiente.
  19. Contribuir a la detección de no conformidades reales y potenciales del Sistema e informar inmediatamente al Coordinador SSTA o al Gerente General.

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  1. Participar en la elección democrática de los representantes de los trabajadores para el Vigía SST o COPASST.
  2. Participar en la elección democrática de los representantes de los trabajadores para el Comité de Convivencia Laboral.

Para constancia Firma:

NOMBRE COMPLETO

CARGO

FIRMA Y CÉDULA

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Según el Artículo 2.2.4.6.8 del Decreto 1072 de 2015, el empleador está obligado a la
protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, acorde con lo establecido en la
normatividad vigente. Dentro del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo
(SG-SST) en la empresa, el empleador tendrá entre otras, las siguientes obligaciones:
1. Política y objetivos: Definir, firmar y divulgar la política de Seguridad y Salud en el
Trabajo a través de documento escrito, el empleador debe suscribir la política de seguridad y
salud en el trabajo de la empresa, la cual deberá proporcionar un marco de referencia para
establecer y revisar los objetivos de seguridad y salud en el trabajo.
2. Asignación y Comunicación de Responsabilidades: Debe asignar, documentar y
comunicar las responsabilidades específicas en Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) a
todos los niveles de la organización, incluida la alta dirección.
3. Rendición de cuentas al interior de la empresa: A quienes se les hayan delegado
responsabilidades en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-
SST), tienen la obligación de rendir cuentas internamente en relación con su desempeño.
Esta rendición de cuentas se podrá hacer a través de medios escritos, electrónicos, verbales
o los que sean considerados por los responsables. La rendición se hará como mínimo
anualmente y deberá quedar documentada.
4. Definición de Recursos: Debe definir y asignar los recursos financieros, técnicos y el
personal necesario para el diseño, implementación, revisión evaluación y mejora de las
medidas de prevención y control, para la gestión eficaz de los peligros y riesgos en el lugar
de trabajo y también, para que los responsables de la seguridad y salud en el trabajo en la
empresa, el Comité Paritario o Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo según corresponda,
puedan cumplir de manera satisfactoria con sus funciones.
5. Cumplimiento de los Requisitos Normativos Aplicables: Debe garantizar que opera
bajo el cumplimiento de la normatividad nacional vigente aplicable en materia de seguridad y
salud en el trabajo, en armonía con los estándares mínimos del Sistema Obligatorio de
Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos Laborales de que trata el artículo 14 de
la Ley 1562 de 2012.
6. Gestión de los Peligros y Riesgos: Debe adoptar disposiciones efectivas para
desarrollar las medidas de identificación de peligros, evaluación y valoración de los riesgos y
establecimiento de controles que prevengan daños en la salud de los trabajadores y/o
contratistas, en los equipos e instalaciones.

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