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Boquin Gabriela - La verificación tardía concurso preventivo

Asignatura: Actuación Profesional Judicial

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LA VERIFICACION TARDIA Y EL PLAZO DE PRESCRIPCION. LA VIGENCIA
DE REVERSATi LOS ACTUALES PRECEDENTES “MADERO TANGO”ii Y
“TRANSPORTE TOMEO”iii
POR GABRIELA FERNANDA BOQUIN
Ponencia
La adecuada interpretación de la norma debe considerar el plazo de 6 meses
adicionales a los solos fines de no calificar como tardío al insinuante, pero no
debe computarse como un lapso adicional o complementario de la prescripción en
curso.
La prescripción concursal siempre es de dos años de dos años para la
verificación tardía pero el dies a quo comenzará correr conforme las pautas del
art. 2544 y 2546 CCC.
1) Jurisprudencia analizada
Los casos de la Cámara Nacional Comercial MADERO TANGO” de la Sala D y
“TRANSPORTE TOMEO” de la Sala B son producto del último plenario de esos
Tribunalesiv.
Con el mismo, y sin entrar a debatir sobre la obligatoriedad de estos, se unificó la
Jurisprudencia porteña en cuanto a la naturaleza atribuible al plazo de 6 meses en
caso de verificaciones extemporáneas conforme las previsiones del art. 56 LCQ.
Así primó la postura que se trata de un periodo prescriptivo y no de caducidad de
derechos.
Ahora bien, sorteado este primer escollo que dividía a las distintas Salas en los
fallos bajo análisis se discute acerca de cuando comienza a correr ese plazo o si
dado un juicio iniciado de acuerdo al art. 21 LCQ, la prescripción bienal se
encuentra totalmente interrumpida hasta el dictado de sentencia firme o el último
acto impulsorio que demuestre el interés por parte del acreedor respecto del cobro
de su acreencia.
La sala D considera que el plazo para verificar será de 6 meses a contar desde la
última petición del titular del derecho ante autoridad judicial que traduce la
intención de no abandonarlo ( art. 2546 CCCN).
La Sala B en cambio considera que comienza a correr desde cero el plazo
prescriptivo poniendo en plena vigencia el art. 2544 CCCN, pero computa a mi
criterio erróneamente un plazo diferente al especial concursal de 2 años