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Bendix “Las estructuras premodernas y transformaciones de las sociedades de Europa Occidental”
Asignatura: Ciencias Politicas (123)
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Universidad: Universidad Nacional del Litoral
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Bendix: “Las estructuras premodernas y transformaciones de las sociedades de Europa
Occidental” Los conflictos de la vida medieval se caracterizaron por la presencia del enfoque
del rey y de la nobleza terrateniente, que eran lógicamente incompatibles.
El PATRIMONIALISMO: designa el modo de administración de la casa real y los dominios del
soberano, en manos de servidores personales del rey que son recompensados según estime el
monarca. Se desarrolla como estructura de autoridad con la expansión de la jurisdicción del rey
sobre los territorios externos a sus dominios, constituyendo una creciente delegación de
autoridad o creciente independencia de los agentes con respecto al rey. El problema
fundamental de la política medieval es la posición secular y religiosa del rey, puesto que posee
autoridad secular absoluta, pero la ejerce ante Dios. De esta manera, cumple una doble
función representativa: tiene autoridad absoluta sobre sus súbditos (justifica su arbitrariedad),
pero posee la responsabilidad de velar por su bienestar, estando ligado a la ley divina. Existe
una obligación recíproca entre gobernantes y gobernados, donde los últimos están obligados a
obedecer, y el primero es responsable ante la comunidad. Los reinos de Europa Occidental se
diferencian de otros gobiernos patrimoniales por la existencia de la Iglesia universal, que
opone su poder a las pretensiones absolutistas de gobernantes seculares y las somete al
derecho canónico. Los gobernantes tienen la misión de extensión de su autoridad, para lo que
se apoyan en notables locales que proporcionan ayuda económica y militar, aumentando el
poder de ambos. Por ello es que los gobernantes intentan incrementar la dependencia de estos
notables, a través de mayores exigencias tributarias o militares. Sin embargo, los notables
reclaman más privilegios como compensación por sus servicios. De esta manera, el poder del
rey se ve limitado cuando confía en la aristocracia terrateniente.
El FEUDALISMO complementa la institución del PATRIMONIALISMO, a través de determinadas
obligaciones recíprocas entre el soberano y sus vasallos. El vasallo jura fidelidad al monarca,
reconociendo su obligación de servicio, y este le confiere un feudo en el que posee inmunidad
gracias a la cual ejerce facultades judiciales y administrativas. Las relaciones soberano – vasallo
se consagran por medio de una formulación de derechos y deberes con juramento ante Dios.
Esto constituye otra limitación al poder real, además de la que ya producían la Iglesia y la ley
moral superior. Las discrepancias entre los principios patrimonial y feudal de autoridad
originan un SISTEMA DE JURISDICCIONES SUPERPUESTAS, donde cada fuero tiene derecho a
ejercer su autoridad y cobrar tributos. Estas jurisdicciones conforman la comunidad política.
Los vasallos luchan con el gobernante y entre ellos por la distribución de las facultades
administrativas y fiscales, por lo que la actividad política consiste en disputas jurisdiccionales. Si
el monarca tiene el poder suficiente, puede evitar dicha colisión. Caso contrario, la unidad
política prácticamente no funciona. En los rangos inferiores, los derechos y obligaciones de los
vasallos están determinados. Las clases no existen, ya que la acción común deriva de esos
derechos y obligaciones compartidos basados en la responsabilidad colectiva, y no en
situaciones económicas análogas. “La ley no era una lex terrae (…), sino más bien el privilegio
de la persona como integrante de un grupo particular”. Esto generó la coexistencia de
numerosas “comunidades de derecho”. Esto fue reemplazado por un sistema de gobierno
ABSOLUTISTA (s. XVIII en la mayoría de Europa), en el cual el rey ejerce poderes a nivel nacional
a través de sus personeros y determinados estamentos privilegiados se apropian
hereditariamente de facultades judiciales y administrativas. Ergo, existe una división de