Saltar al documento

2252 Apuntes Teoria del Derecho

Unidad 1. Derecho como ciencia y sus disciplinas auxiliares Objetivo e...
Materia

Teoría del Derecho (Der1215)

254 Documentos
Los estudiantes compartieron 254 documentos en este curso
Año académico: 2020/2021
Subido por:
Estudiante anónimo
Este documento ha sido subido por otro estudiante como tú quien decidió hacerlo de forma anónima
Universidad Nacional Autónoma de México

Comentarios

Inicia sesión (Iniciar sesión) o regístrate (Registrarse) para publicar comentarios.

Vista previa del texto

TEORÍA DEL

DERECHO: Apuntes

unidad 1 y 2

Profesor: Lemus Lara Alejandro

GRUPO: 2258

1 CONCEPTO: DERECHO

Termino que proviene del latín directum, el cual significa lo que está conforme a la regla, es el conjunto de reglamentaciones, leyes y resoluciones enmarcadas en un sistema de instituciones, principios y normas que regulan la conducta humana dentro de una sociedad, con el objetivo de alcanzar el bien común, la seguridad y la justicia.

El derecho se caracteriza por estar compuesto por una serie de normas jurídicas que regulan las relaciones, entre dos o más personas, que posean obligaciones y derechos de forma recíproca.

El derecho se encuentra dividido en dos grupos siendo estos el derecho objetivo y el derecho subjetivo.

  1. Derecho objetivo: es aquel que tiene que ver con todas aquellas normas que regulan el accionar de las personas en el interior de la sociedad y a esta en su totalidad.
  2. El derecho subjetivo se encuentra compuesto de la siguiente forma:  Derecho público, es aquel que se encuentra orientado a organizar la cosa pública, es decir, regulan las interacciones entre los estados, los individuos, las organizaciones públicas, así como las relaciones del individuo con la sociedad y a la sociedad en sí.  Derecho privado, se orienta a las relaciones entre los individuos entre sí con el objeto de satisfacer las necesidades personales.  Derecho subjetivo, es el que se encuentra integrado por todos aquellos beneficios, privilegios, facultades y libertades que le corresponden a cada individuo este derecho puede orientarse a la conducta propia y a la ajena. Y según con la definición del autor Villoro toranzo lo define como la facultad o poder bajo la protección de la ley de disponer y usar de algo libremente con exclusión de los demás.

Las fuentes del derecho

Las denominadas FUENTES DEL DERECHO aluden al precepto o normas del que se originan las obligaciones y derechos, para los individuos son los siguientes:

a) LA LEY, esta fuente carece del consentimiento de las personas y es promulgada. Dictada y sancionada por las autoridades públicas. Por medio de la ley se intenta orientar la conducta humana hacia el bien común. b) LA JURISPRUDENCIA, esta fuente del derecho hace referencia a los fallos emitidos por los tribunales cuando los juicios son sometidos a su resolución y que sin poseer obligatoriedad se imponen c) LA DOCTRINA son las opiniones emitidas o emanadas por estudiosos del derecho. Si bien estas opiniones carecen de obligatoriedad. Son citadas constantemente por los jueces ya sea para fundamentar sentencias y leyes o bien durante los fallos d) LA COSTUMBRE, es la repetición natural y de forma espontanea de conductas jurídicas que adquieren fuerza de ley

Concepto de principios generales del derecho:

Son los enunciados normativos más generales, que a pesar de no haber sido integrados formalmente en los ordenamientos jurídicos particulares recogen de manera abstracta el contenido de que

Esta teoría considera al derecho como un producto de las fuerzas económicas, en donde existe una lucha de clases, determinando que el derecho no debe aplicarse de la misma forma, ya que existen marcadas diferencias entre los dueños de los medios de producción y la clase proletariada. Los principales exponentes de esta teoría fueron Karlos Marx y Federico Engels.

TEORÍA HISTÓRICA

Es una teoría que establece al derecho como producto de las fuerzas voluntarias, como un fenómeno histórico producto de la cultura, producto de la combinación del poder y de la ética. Su principal exponente fue Timasheff.

TEORÍA SOCIOLÓGICA

Esta teoría considero que el derecho debe adaptarse a las consideraciones sociales, climáticas del territorio y hasta del gobierno, por lo que no puede ser el mismo para todos ya que las sociedades varían, es decir, que debe tomarse en cuenta las condiciones generales de cada lugar. Y sus principales exponentes fueron Ludwing Gumplowics, Kohler, Pound y Radbruchs.

1 TEORÍA REALISTA

Su objeto principal de estudio de esta teoría son los tribunales considerando el derecho como el conjunto de decisiones que generan los jueces al resolver los litigios, por lo que debe aplicarse a la conducta real de la sociedad, estableciendo que el derecho es aplicable solo cuando recaen un hecho concreto a la sentencia. Los principales exponentes de esta teoría fueron: Llewellyn (realista moderado) y Jerome Frank (realista radical).

1 TEORÍA TRIDIMENSIONAL.

Esta teoría se caracteriza porque considera que existen tres dimensiones básicas de la experiencia jurídica, las cuales son:

 EL HECHO SOCIAL: (lo fáctico)  EL VALOR (la axiología)  LA NORMA (la normativa)

La correlación de estas se da cuando se conjugan el hecho social, con el valor de lo que resulta la norma y, por lo tanto, la ciencia del derecho es considerada una ciencia normativa jurídica.

La elaboración de las normas está condicionada por múltiples hechos y valores sobre alguno de ellos se opta por razones de oportunidad para generar soluciones reguladoras, por lo que la experiencia jurídica se da en base a distintos modelos de organización y de la conducta humana. La norma jurídica debe ser interpretada en base a los hechos sociales y valores que condicionen su aparición el objetivo en todo caso es el mismo, romper con las prácticas locales seguidas para integrar normas y hechos, y ejecutar una ruptura que al fin de a la normatividad una independencia sistemática. La cualidad que defina al sistema jurídico sería la de la formalidad que en su dimensión sustantiva supone que las leyes adoptan la forma de reglas explícitas e impersonales.

Las personas son el fundamento y el fin del derecho.

De acuerdo con lo anterior, debemos considerar que cualquier definición del derecho debe integrarse mediante hechos sociales, normas y valores, sin importar. Por lo cual podemos decir que el filósofo del derecho estudia axiológicamente los hechos en función de las normas. El sociólogo del derecho estudia factualmente (de los hechos o que está relacionado con ellos) las normas en función de sus valores. Y el científico en su derecho estudia normativamente los hechos en función de sus valores.

La antropología jurídica estudia al derecho como una manifestación cultural.

La psicología jurídica estudia al derecho como una forma de influencia en la conducta de los individuos.

La estudia del derecho estudia al fenómeno jurídico como uno de los hechos de la voluntad humana la ciencia política estudia al derecho como un fenómeno social que responde a ciertos intereses que se vinculan con las relaciones de poder.

Las dimensiones del derecho son las siguientes:

a) La fáctica .: que necesita de los valores y normas para comprender de los hechos. b) Axiológica: que requiere de los hechos y normas para comprender los valores en su circunstancia histórica. c) La normativa : que fundamenta las normas jurídicas con valores que son partes de la realidad en hechos sociales que están presentes en la creación, interpretación y aplicación de las normas.

Los creadores de esta teoría fueron el profesor Miguel Reale y Carlos Fernández Sessarego.

NORMAS

Son reglas que se establecen con el propósito de regular comportamientos y así procurar mantener un orden.

2 NORMAS SOCIALES

Son el conjunto de reglas o comportamientos por medio de los cuales debe regir a una determinada población ya que fueron creados para que al seguirlas se desarrollara una mejor convivencia entre los individuos.

2 NORMAS RELIGIOSAS

Aquellas leyes tomadas como obligatorias para que el individuo alcance la santidad. Este tipo de normas plantean las exigencias que el hombre debe cumplir para agradar y así de esta manera quedarse a un paso del paraíso.

Características de las normas religiosas

  1. Son incoercibles, ya que nadie puede obligar a un individuo a cumplirlas
    1. Son internas por que la valoración de la conducta la realiza el mismo sujeto.
    2. Son unilaterales, porque establece solamente en una dirección, aunque es cierto que prometen y da una vida post terrenal de beneficios y promesas eternas.
    3. Promesa religiosa: Las normas religiosas tienen la promesa explicita a los miembros de su iglesia prometiendo que tras el acatamiento sea una vida ultra

encima de cualquier ley de cualquier país y su violación es castigada internacionalmente en cualquier momento, pues se consideran crímenes que no prescriben nunca.

2 NORMAS JURÍDICAS

Son reglas creadas por una autoridad competente con la finalidad de regular la conducta del ser humano, cumplir con ellas es un deber para quienes van dirigidas ya que su incumplimiento puede generar sanciones y la autoridad puede obligar a acatarlas mediante la fuerza pública, aún en contra de la voluntad del obligado.

2. 5 NORMAS TÉCNICAS

Son una serie de documentos emitidos por un organismo de reconocida autoridad en una materia específica, para regular o imponer especificaciones especializadas en el desarrollo y aplicación de la tecnología, elaboración de productos u oferta de servicios pertinentes.

Las normas técnicas operan en la sociedad como directrices de normalización, que uniforman los procesos y protegen los intereses de la sociedad, basándose en razones éticas, de eficiencia, calidad o seguridad. Su cometido final sería, en principio, la estandarización (simplificación, unificación, especificación) de los procesos para su correcta supervisión y desarrollo ético.

Por lo general las normas pueden tener un ámbito de acción nacional o internacional, dependiendo del alcance del organismo que las promulga o de los acuerdos en la materia que hayan tenido lugar entre los países. En ese sentido son normas oficiales, es decir, emitidas por la autoridad

EJEMMPLOS DE NORMAS TÉCNICAS LAS SIGUIENTES

 ISO 9000 promulgada por la International Organization for Standarization (ISO)  ISO 1000  ISSN (International Standard Book Number) dicha norma aplica para los libros  ISBN (International Standard Serial Number) dicha norma aplica a publicaciones periódicas como revistas, diarios y anuarios.

CONTROL SOCIAL

Es un término que se comenzó a utilizar a finales del siglo XIX y principios del siglo XX, definiéndose como el conjunto de prácticas, actitudes y valores destinados a mantener el orden establecido en las sociedades**.**

¿Ha sido útil este documento?

2252 Apuntes Teoria del Derecho

Materia: Teoría del Derecho (Der1215)

254 Documentos
Los estudiantes compartieron 254 documentos en este curso
¿Ha sido útil este documento?
TEORÍA DEL
DERECHO: Apuntes
unidad 1 y 2
Profesor: Lemus Lara Alejandro
GRUPO: 2258