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Tema 24 - Las modificaciones de los créditos presupuestarios iniciales

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Fundamentos de Contabilidad (65011032)

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Año académico: 2016/2017
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TEMA 24 LAS MODIFICACIONES DE LOS PRESUPUESTARIOS INICIALES. LA DEL PRESUPUESTO DE GASTOS. SUMARIO: LAS MODIFICACIONES DE LOS PRESUPUESTARIOS INICIALES Concepto y de los expedientes de modificaciones presupuestarias Informes Toma de de las modificaciones extraordinarios y suplementos de Ampliaciones de Generaciones de Transferencias de Incorporaciones de LA DEL PRESUPUESTO DE GASTOS Procedimiento tipo u ordinario del gasto del pago Otros procedimientos de gasto 351 LAS MODIFICACIONES DE LOS PRESUPUESTARIOS INICIALES. Concepto y Las modificaciones presupuestarias son las variaciones que pueden autorizarse en los que figuran en los estados de gastos aprobados en las correspondientes Leyes de presupuestos, para adecuarlos a necesidades que se produzcan durante su pueden autorizarse modificaciones en los casos y previo cumplimiento de los requisitos previstos en la normativa vigente. Las variaciones de los de gasto contenidos en los Presupuestos Generales aprobados por las Cortes, pueden ser debidas bien a que hayan variado sus objetivos (finalidad), bien a que sean insuficientes las dotaciones y sea preciso aumentarlas o bien a su (anualidad). Las modificaciones presupuestarias, cualquiera que sea su clase o naturaleza, vienen motivadas por una insuficiencia de en el nivel en que sea vinculante. reguladas por el II los y sus del segundo los Presupuestos de la Ley de 10 de julio, de Hacienda de Castilla La Mancha. Asimismo, las correspondientes Leyes de Presupuestos contienen normas sobre modificaciones presupuestarias con vigencia durante el ejercicio. de los expedientes de modificaciones presupuestarias. Habida cuenta que los presupuestos se aprueban mediante una ley, su debe ajustarse a la legalidad, lo cual no supone que siempre hayan de autorizarse mediante una norma de rango legal, sino que se conforme al procedimiento legalmente establecido. En la actualidad la que rige la materia sobre de expedientes de modificaciones de es la Orden de 22 de febrero de 1996, de la de y Hacienda, sobre de modificaciones presupuestarias. El expediente se por la proponente con arreglo al modelo tipo determinado por la de y Hacienda y con el informe de la General o del gestor de los programas afectados, en el que se Memoria explicativa Aplicaciones presupuestarias afectadas Estudio Incidencia en la de los objetivos Incidencia en el Plan de Inversiones Los expedientes que afecten a de una se mediante propuesta conjunta de las mismas. Informes. Al expediente de presupuestaria se los siguientes informes: De la sobre la de los saldos contables y las retenciones de que afecten al expediente, como la existencia de determinada. De la General de y Presupuestos sobre la oportunidad y conveniencia de su como la correspondiente en aquellos casos en los que no determinada. su al que tenga atribuida la competencia las normas aplicables a cada tipo de presupuestaria. Las que no expresamente atribuidas se que corresponden al Consejero de y Hacienda. Toma de 351 Como norma general, las sucesivas leyes anuales de presupuestos consideran ampliables hasta el de las obligaciones que se reconozcan en el ejercicio o de las necesidades que, habiendo de atenderse durante el mismo, superen la asignada al Competencia El 57 de la Ley de Hacienda atribuye esta competencia al Consejero de y Hacienda. Generaciones de Concepto Mediante esta presupuestaria un se en de la de determinados ingresos no previstos en un principio, o no valorados en su totalidad. de esta figura de existen claras razones estimular la de por los gestores para determinados fines y evitar la de la extrapresupuestaria de los recursos obtenidos. La de es una que no afecta al siempre que ingresos y gastos se realicen en el ejercicio, y si se realizan en ejercicios distintos la se a de la conjunta de las anualidades afectadas. Supuestos El art. 54 de la Ley de Hacienda contempla la posibilidad de de presupuestarios en de la de determinados ingresos. Estos ingresos deben ser realizados dentro del ejercicio, y derivados de algunas de las siguientes operaciones: a) Aportaciones del Estado, de sus organismos o Instituciones, de fondos comunitarios o de otras personas naturales o o privadas que tengan por objeto financiar conjuntamente con la Junta de Comunidades de Mancha los gastos que por su naturaleza comprendidos en los fines u objetivos asignados a los mismos. Se incluyen en este caso los ingresos procedentes de subvenciones, convenios, en programas de gasto u otros de similar naturaleza. b) de bienes. c) de servicios. d) Reembolsos de e) del exterior para inversiones que por Ley se haya dispuesto sean financiadas. f) g) Excesos de por otros conceptos, en los casos en los que excepcionalmente se determine en la Ley anual de Presupuestos. Las aportaciones de la de la Junta de Comunidades a sus Organismos Competencia. Las generaciones de son competencia del Consejero de y Hacienda. Transferencias de Concepto La transferencia supone un cambio en el o finalidad de un cuya pasa a ser asignada a otro diferente. Contablemente la transferencia se instrumente mediante baja en una presupuestaria y alta y por igual importe, en otra. Se trata de una equilibrada en el sentido de que no modifica el montante total de los sino su Limitaciones. El art. 53 de la Ley de Hacienda regula las escasas limitaciones de general: 351 a) No los ampliables. b) No a los extraordinarios concedidos durante el ejercicio, ni los que hayan sido incrementados con suplementos. c) No minorarse los que hayan sido incrementados, ni incrementarse que hayan sido minorados mediante otras transferencias, salvo cuando afecten a de personal. No obstante, estas limitaciones no de cuando se trate de transferencias que afecten a los siguientes a) Programa de imprevistos y funciones no clasificadas. b) Los originados por el reajuste derivado de reorganizaciones competenciales o administrativas. c) Aquellos que, en su caso, se indiquen en las Leyes de Presupuestos de la JCCM. A este respecto, la Ley de Presupuestos para 2002 que, con vigencia exclusiva para ese ejercicio, no de las anteriores limitaciones en las transferencias que afecten a gastos de personal y las que se tramiten por la 18: de y Cultura. Competencia. Las competencias para efectuar estas modificaciones distribuidas en el 57 de la Ley de Hacienda: Corresponde al Consejo de Gobierno a propuesta de la de y Hacienda y a iniciativa de las afectadas, y previo informe de la General, autorizar las transferencias de entre programas correspondientes a distintos grupos de Por otra parte, el Consejo de Gobierno debe autorizar las transferencias de los sobrantes en las diferentes hasta los incluidos en el programa de imprevistos y funciones no clasificadas. Corresponde a los titulares de las y de los con dotaciones presupuestarias diferenciadas autorizar, previo informe de la Delegada, en el de los programas que se les adscriben, las transferencias entre de un mismo programa y correspondientes a un mismo siempre que no supongan desviaciones en la de los objetivos del respectivo programa. Corresponde al titular de la de y Hacienda: a) Las transferencias de no incluidas en las competencias del Consejo de Gobierno y de las b) Las transferencias de desde el programa de imprevistos y funciones no clasificadas. No obstante, el 10 de la Ley de Presupuestos de la JCCM establece que durante 2002, corresponde a la Consejera de y Hacienda autorizar todos los expedientes de presupuestaria, excepto: Los que correspondan a la competencia del Consejo de Gobierno, salvo aquellos que afecten a de personal. Las transferencias de que tengan como origen o destino el de gastos de personal, dentro de la misma y grupo de que a los Consejeros respectivos, previo informe de la delegada. Las modificaciones presupuestarias dentro de los asignados a los organismos que a sus respectivos Directores, previo informe de la delegada. Incorporaciones de Concepto La y cierre del Presupuesto de gastos a 31 de diciembre de cada ejercicio pone de manifiesto, su grado de es decir, la entre los asignados para el ejercicio y las obligaciones 351 Desde una perspectiva financiera, los actos del procedimiento pueden agruparse en tres de activa), de y contables controladora). Los actos de son los actos principales del procedimiento en cuanto son de la voluntad administrativa, por ejemplo la de una o la firma de un contrato. Los actos de son actos de control de la legalidad de la administrativa. Su o su desfavorable determina la imposibilidad de continuar el procedimiento hasta tanto se subsane el defecto. Finalmente, respecto de los actos contables, su objeto es el registro de los actos de gasto y de las alteraciones que producen en la de los La finalidad esencial de estos actos es garantizar la cobertura presupuestaria de los actos de y posibilitar a posteriori la de cuentas a la Sindicatura de Cuentas. A) o del gasto del gasto es la del ordenador de gasto de destinar una cierta cantidad de fondos a la cobertura de una concreta necesidad La es el acto, en virtud del cual, el Consejero o Autoridad competente para gestionar un gasto con cargo a un presupuestario, acuerda realizarlo, determinando su en forma cierta o de la forma aproximada posible, cuando no puede hacerse de forma cierta, reservando, a tal fin la totalidad o una parte del presupuestado. Este acto no implica con terceros, pero supone la puesta en marcha del proceso administrativo. En nuestro territorial, y de acuerdo con el 12 de la Ley de Presupuestos para el 2002, corresponde a los Consejeros la de gasto, hasta la de no siendo de el citado en los siguientes supuestos: a) Cuando afecten a de personal incluidos en el I, que como el establecido en las respectivas consignaciones presupuestarias. b) Cuando afecten a los planes de inversiones o a sus modificaciones, aprobadas por el Consejo de Gobierno, que se autorizadas por las de los proyectos incluidos en c) A la Consejera de Administraciones cuando el gasto corresponda a transferencias a Corporaciones Locales derivadas del Fondo Regional de Local y de la de las Corporaciones Locales en los Tributos del Estado. d) Cuando afecten a subvenciones y ayudas nominativas, aprobadas por la estatal o de la Europea y cuya sea competencia de la Comunidad como las nominativas. e) Al Consejero de y Hacienda, cuando los gastos correspondan a la 06 f) Etc. Cuando se supere la citada el competente para autorizar el gasto es el Consejo de Gobierno. es posible que los que tienen atribuidas las competencias en materia de gasto puedan delegarlas o desconcentrarlas en inferiores. La del gasto es un acto puramente interno de la no declarativo de derechos y, en consecuencia, revocable. Tampoco, implica con interesados ajenos a la Aprobado el expediente de gasto, se un documento por la anualidad en curso. B) Compromiso de gasto o La constituye el acto fundamental de la etapa de del gasto, que se en un momento posterior a la Se define el compromiso de gasto o como el acto en virtud del cual la Autoridad competente acuerda o concierta, los casos, y tras el cumplimiento de los que con a la normativa vigente procedan, la de obras, prestaciones de servicios, etc., previamente autorizados. 351 El importe por el que se acuerda el acto y por tanto el de la contable de compromiso, ha de estar, en todo caso, exactamente determinado al igual que las condiciones de de la obra, del servicio, etc. El compromiso se acuerda por el competente, previa la oportuna propuesta de los servicios a su cargo. La propuesta al competente, junto con las actuaciones ulteriores a la son de nuevo sometidas a ya que es acto susceptible de generar obligaciones Contratada la obra, o servicio o, en general comprometido el gasto, se por el servicio pertinente un documento C) Reconocimiento y de la Para que surja la de pago se requiere el cumplimiento de unos requisitos sustantivos y otros meramente formales. El requisito fundamental para que surja la de pago, de sustantivo, es que el acreedor haya cumplido la a su cargo. Es decir, el art. 30 de la Ley de 10 de julio, de Hacienda de Mancha, si las obligaciones tienen por causa las prestaciones o servicios, el pago no efectuarse si el acreedor no ha cumplido o garantizado su correlativa Es la denominada regla del servicio de hecho. Junto al requisito de fondo de la o servicio por el acreedor) el nacimiento de la de requiere unos actos eminentemente formales que son los actos de reconocimiento y de la Mediante el reconocimiento de la la acepta formalmente el a su cargo y la que se practica conjuntamente con el acto de reconocimiento, tiene por determinar el importe exacto de dicho El acreedor derecho al reconocimiento o de la cuando aporte los documentos justificativos que sean reglamentarios. La consiste simplemente en acreditar que los gastos comprometidos se han realizado. Una vez justificada documentalmente la se procede a la de la que es la mediante la cual se registra una de pago. El documento contable que sirve de soporte a la es el documento Una vez reconocida la el representante autorizado del Organo Gestor solicita al Director General de y Presupuestos, como Ordenador General de pagos, que lo ordene, mediante la de A modo de resumen, pueden observarse el desarrollo de las anteriores fases en el siguiente cuadro: 351 PROCEDIMIENTOS ESPECIALES DE DEL GASTO Gastos plurianuales Cuando se comprometen gatos que se extienden a ejercicios posteriores a aquel en que se autoricen, siempre que su se inicie en el propio ejercicio (art. 47 de la Ley de Hacienda de Mancha). anticipada de expedientes de gasto Se anticipan la de los expedientes de gasto, autorizando el gasto en el ejercicio anterior a aquel a cuyo presupuesto vayan a ser imputados. Pagos a justificar Cuando excepcionalmente no puedan aportarse la justificativa de las obligaciones, tramitarse propuestas de pagos presupuestarios y librarse los fondos con el de (art. 66 de la Ley de Hacienda de Mancha). Anticipos de caja fija Son provisiones de fondos de permanente que se realizan a Cajas Pagadoras con objeto de atender gastos y repetitivos (art. 65 de la Ley de Hacienda de Mancha). 351

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TEMA 24
LAS MODIFICACIONES DE LOS CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS INICIALES. LA
EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE GASTOS.
SUMARIO:
I.- LAS MODIFICACIONES DE LOS CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS INICIALES
I.1.- Concepto y justificación
I.2.- Tramitación de los expedientes de modificaciones presupuestarias
I.2.1.- Iniciación
I.2.2.- Informes
I.2.3.- Autorización
I.2.4.- Toma de razón
I.3.- Clasificación de las modificaciones
I.3.1.- Créditos extraordinarios y suplementos de crédito
I.3.2.- Ampliaciones de crédito
I.3.3.- Generaciones de crédito
I.3.4.- Transferencias de crédito
I.3.5.- Incorporaciones de crédito
II.- LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE GASTOS
II.1.- Introducción
II.2.- Procedimiento tipo u ordinario
II.2.1.- Ordenación del gasto
II.2.2.- Ordenación del pago
II.3.- Otros procedimientos de gasto
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