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Ley de talion

Asignatura: DERECHO (100)

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Ministerio de Vivienda
CIUDAD Y TERRITORIO Estudios Territoriales, XLI (160) 2009 411
1. APROXIMACIÓN AL CONTEXTO
HISTÓRICO DEL CÓDIGO
Aroximadamente en el año 1792 antes de
Cristo, el rey Hammurabi de Babilonia,
cuando se encontraba ya a finales de su
reinado, hizo redactar una serie de disposiciones
jurídicas reuniéndolas en lo que es conocido como
el Código de Hammurabi. Aunque éste código es
considerado como una de las primeras
manifestaciones legislativas de la Humanidad en
la que se reconoce ya una cierta técnica legislativa,
no debe, sin embargo, entenderse como una
legislación original, sino más bien como una
recopilación y exposición de leyes vigentes. En este
sentido, y como pone de relieve ROBERTS (2009),
hablar de un código podría ser engañoso si no se
recuerda este aspecto. Hammurabi hizo un
compendio de leyes ya existentes, no dictó esas
leyes ex novo.
El ámbito punitivo: En el prólogo, se sientan
las bases del origen divino de las leyes que
componen el Código otorgando al Estado
legitimidad para la fijación del castigo. Éste
consistía fundamentalmente en 5 penas,
susceptibles de ser aplicadas individualmente o,
incluso, simultaneando alguna de ellas: pena de
muerte, castigos corporales, composición económica,
multas, y expulsión del individuo de la comunidad.
Estratificación social: Las penas, tanto
económicas como las corporales, variaban según la
categoría social de la persona contra quien se
hubiese cometido un delito. Esta circunstancia
ofrece una visión de la estructura social de la
época, en la que se aprecian, además de la realeza
y el clérigo, tres clases sociales; es decir, los
hombres libres, los subordinados y los esclavos.
Los primeros eran patricios que poseían el
derecho de la propiedad y el del comercio, estando
sometidos a tributación.
Regulación de la vivienda en el Código
de Hammurabi
Felipe ESPÍLEZ MURCIANO
Licenciado en Derecho, Agente de la Propiedad Inmobiliaria y Técnico de Gestión Catastral. Subdirección General de Estudios y Estadísticas. Secretaría General Técnica
del Ministerio de Vivienda
RESUMEN: A menudo cuando leemos un texto histórico experimentamos una doble sensación: sorpresa y admiración.
Fue exactamente eso lo que sentí la primera vez que tuve ante mis ojos el texto del Código de Hammurabi. Tiempo más
tarde, cuando me enfrenté a él con más rigor y carácter crítico, volví a experimentar las mismas sensaciones. Y fui rele-
yendo, admirado y sorprendido, como hace casi cuatro mil años se legislaba sobre la vivienda. Es cierto que no puede
considerarse una regulación acabada pero, seguramente, tampoco pretendía serlo. Se regularon aquellos aspectos a los
que las personas se encontraban especialmente sensibles en aquel contexto histórico. Sorprende y admira la gran profu-
sión de leyes dedicadas a la vivienda y cómo conviven leyes decididamente arcaizantes con otras que mantienen, de al-
guna forma, su vigencia. Este trabajo muestra toda esta regulación que abarca los ámbitos de la construcción, el alquiler,
la transmisión de la propiedad, la casa del militar, la donación, la herencia y las disposiciones penales sobre la materia.
DESCRIPTORES: Historia urbana. Vivienda. Código de Hammurabi.
ABSTRACT: Often when we read an historical text we undergo a double feeling: surprise and admiration. That was ex-
actly what I felt the fi rst time I met the Code of Hammurabi’s text. Later, when I faced it more rigorously and critically,
the same feelings came back. And I went rereading, astonish and astounded, to realize how almost four thousand years
ago housing was legislated. It is true that it cannot be considered a concluded regulation but, surely, either did not try to
be. There were regulated those aspects to which people were especially sensitive, in that one historical context. It amazes
and admires the great profusion of laws dedicated to housing and how particularly archaic laws coexist with others which
maintain, in some way, his validity. This paper shows all this regulation covering the scopes of construction, rent, prop-
erty transmission, military men housing, donation, inheritance and penal laws on the matter.