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133 -Clausula de Alzamiento contado con instruccion Notarial

Clausulas de Instrucciones Notariales
Asignatura

Derecho Civil

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Año académico: 2021/2022
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Universidad Bolivariana

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Versión Base CLAUSULA DE ALZAMIENTO PARA COMPRAVENTAS PAGO CONTADO (con Instrucción Notarial) CLAUSULA Nº Presente a este acto, chilena, casada, empleada , cédula de identidad N en su carácter de mandatario y en representación de SCOTIABANK CHILE, anteriormente Scotiabank Sud Americano, antes Banco Sud Americano, continuador legal de Banco del Desarrollo, Banco Hipotecario de Fomento Nacional, Banco Nacional, Banco Hipotecario Internacional Financiero, Banco BHIF, BBV Banco BHIF, BBVA Banco BHIF, Banco del Pacífico, Banesto Chile Bank, Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Chile ambos de este domicilio en Avenida Costanera sur 2710, comuna de Las Condes y expone: Que, en atención ((al mandato otorgada en la cláusula precedente)) ((a la carta con instrucciones notariales de fecha dejadas en esta Notaría)) y sin ánimo de novar las obligaciones y para el sólo efecto de permitir la inscripción de dominio a nombre del comprador del inmueble objeto del contrato de compraventa de que da cuenta el presente instrumento, viene en este acto en alzar la prohibición pactada por escritura pública de fecha en la Notaría de de inscrita a fojas número del registro de Prohibiciones del Conservador de Bienes Raíces de Una vez practicada la inscripción de dominio a nombre del comprador y sujeto a esa precisa condición SCOTIABANK CHILE, anteriormente Scotiabank Sud Americano, antes Banco Sud Americano, continuador legal de Banco del Desarrollo, Banco Hipotecario de Fomento Nacional, Banco Nacional, Banco Hipotecario Internacional Financiero, Banco BHIF, BBV Banco BHIF, BBVA Banco BHIF, Banco del Pacífico, Banesto Chile Bank, Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Chile representado en la forma señalada, alza y cancela únicamente en lo que se refiere al inmueble objeto del presente contrato, las hipotecas inscritas a fs y de y alza definitivamente la prohibición de fojas Nº de los Registros correspondientes del Conservador de Bienes Raíces y año ya citados. Dicha condición deberá cumplirse dentro del plazo de 90 días contados desde la fecha de esta escritura, pues de lo contrario se entenderá fallida la condición y sin efecto la cancelación y alzamientos anteriores. Se faculta al portador de copia autorizada de esta escritura para requerir los alzamientos y cancelaciones correspondientes ante quien proceda. La personería del representante de SCOTIABANK CHILE, anteriormente Scotiabank Sud Americano, antes Banco Sud Americano, también continuador legal de Banco del Desarrollo, consta de escritura pública otorgada con fecha 23 de octubre de 2009 en la Notaría de Santiago de don Eduardo Diez Morello. La citada personería no se inserta por ser conocida de las partes y del Notario que autoriza. Se deja constancia de lo siguiente: 1) El cambio de razón social del Banco Sud Americano por Scotiabank Sud Americano fue autorizado por resolución número ciento diecisiete de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras de fecha diecisiete de octubre de dos mil uno y adoptado por acuerdo de la Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada con fecha veintisiete de septiembre de dos mil uno, cuya acta fue reducida a escritura pública con fecha cuatro de octubre de dos mil uno en la notaría de Santiago de don Enrique Morgan Torres y su extracto se inscribió a fojas 27 número 22 en el Registro de Comercio de Santiago, correspondiente al año dos mil uno y se publicó en el Diario Oficial de fecha cinco de noviembre de dos mil uno. Por acuerdo adoptado en Sesión extraordinaria de Directorio del Banco Sud Americano, celebrada con fecha veinticinco de octubre de dos mil uno, cuya acta se redujo a escritura pública con fecha seis de noviembre de dos mil uno y se anotó al margen de la inscripción social de fojas 875 número 729 del año 1944, se determinó que la modificación produjo efecto a partir del día doce de noviembre de dos mil uno. La resolución citada, su publicación e inscripción, conjuntamente con copia de la escritura a la que se redujo la citada sesión extraordinaria, fueron protocolizadas en la Notaría de Santiago de don Enrique Morgan Torres, con fecha nueve de noviembre de dos mil 2) Por Juntas Extraordinarias de Accionistas de Scotiabank Sud Americano y de Banco del Desarrollo, celebradas con fecha treinta y uno de marzo del dos mil ocho, cuyas actas se redujeron a escritura pública con fecha quince y diecisiete de abril del mismo año, respectivamente, en la Notaría de Santiago de don Eduardo Diez Morello, se adoptaron los acuerdos necesarios para la fusión de ambas instituciones, produciendo la disolución anticipada de Banco del Desarrollo, por absorción de Scotiabank Sud Americano, que pasó a denominarse Scotiabank Chile, incorporándose todos los activos, pasivo y patrimonio del primero a éste último, según el artículo cuarenta y nueve número once de la Ley General de Bancos. En las mencionadas juntas se delegó en los respectivos Directorios la determinación de la fecha en que se materializaría la fusión de ambos bancos, momento en el cual entrarían en vigor los estatutos reformados del banco fusionado. Por Resolución número noventa y siete de fecha siete de mayo del dos mil ocho de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras de Chile, se aprobaron los acuerdos adoptados por las Juntas Extraordinarias de Accionistas referidas precedentemente. Su extracto se inscribió a fojas 22 número 15 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año dos mil ocho, se publicó en el Diario Oficial de fecha veinte de mayo de dos mil ocho y se anotó al margen de la inscripción social de fojas 875 número 729 del año 1944 y de la inscripción social de fojas 92 número 55 del año 1981, ambas del Registro de Comercio de Santiago. 3) Mediante sesiones de Directorio de Scotiabank Sud Americano y del Banco del Desarrollo respectivamente, ambas de fecha 23 de octubre de dos mil nueve, reducidas a escritura pública en la Notaría de Santiago don Eduardo Diez Morello en la misma fecha, se fijó como fecha para la fusión de ambos bancos el 1º de Noviembre de 2009, por lo que, a contar de esa fecha, Banco del Desarrollo fue absorbido por Scotiabank Sud Americano, el cual cambió su razón social por SCOTIABANK CHILE. Todos estos instrumentos no se insertan por ser conocidos del Notario que autoriza. Accionistas celebrada en Santiago el 26 de Octubre de 1989, cuya acta fue reducida a escritura pública con fecha 30 de Octubre de 1989 en la Notaría de Santiago de don José Musalem Saffie, complementada y rectificada por escritura pública de 7 de Noviembre de 1989 ante el mismo las reformas fueron aprobadas por Resolución Nº 236 de 13 de Noviembre de 1989 de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, publicada en el Diario Oficial con fecha 15 de Noviembre de 1989 e inscrita a fs. 30 Nº 16 en el Registro de Comercio de 1989 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. En Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada en Santiago el 25 de marzo de cuya acta fue reducida a escritura pública con fecha 12 de abril de en la Notaría de Santiago de don José Musalem Saffie, se acordó cambiar el nombre de Banco BHIF por BBV Banco la reforma fue aprobada por Resolución de 7 de mayo de de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, publicada en el Diario Oficial con fecha 28 de mayo de e inscrita a fs. 11 8 en el Registro de Comercio de del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. En Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada en Santiago el 17 de mayo del año cuya acta fue reducida a escritura pública con fecha 24 de mayo del año en la Notaría de Santiago de don José Musalem Saffie, se acordó cambiar el nombre de BBV Banco BHIF por BBVA Banco la reforma fue aprobada por Resolución 85 de 29 de junio del año de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, publicada en el Diario Oficial con fecha 4 de agosto del año e inscrita a fs. 21 Nº 16 en el Registro de Comercio del año del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. En Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada en Santiago el 17 de marzo del año 2003, cuya acta fue reducida a escritura pública con fecha 18 de marzo del año 2003 en la Notaría de Santiago de don José Musalem Saffie, se acordó cambiar el nombre de BBVA Banco BHIF por Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, la reforma fue aprobada por Resolución 26 de 24 de marzo del año 2003 de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, publicada en el Diario Oficial con fecha 29 de marzo del año 2003 e inscrita a fs. 7 Nº 6 en el Registro de Comercio del año 2003 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Se deja constancia de lo siguiente: Uno) En Junta Extraordinaria de Accionistas de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Chile, celebrada con fecha nueve de julio del dos mil dieciocho, cuya acta se redujo a escritura pública con fecha diecisiete de julio de dos mil dieciocho en la Notaría de Santiago de don Eduardo Avello Concha, se adoptó, entre otros, el acuerdo para cambiar el nombre de la institución por Scotiabank Azul. Dos) Por Resolución número trescientos ochenta y seis de fecha trece de agosto del dos mil dieciocho de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, se aprobó la reforma introducida a los Estatutos de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Chile, acordada por la Junta Extraordinaria de Accionistas referida precedentemente. El Certificado de dicha Resolución que contiene el Extracto de la modificación de los Estatutos de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Chile, se inscribió a fojas sesenta y cinco mil cuatrocientas veintiuno número treinta y tres mil cuatrocientos ochenta del año dos mil dieciocho del Registro de Comercio de Santiago, se publicó en el Diario Oficial de fecha veintinueve de agosto de dos mil dieciocho y se anotó al margen de la inscripción social Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Chile, después denominado Scotiabank Azul, de fojas mil quinientas setenta y siete número ochocientos treinta y dos del año mil novecientos ochenta y uno, del Registro de Comercio de Santiago. Tres) En Juntas Extraordinarias de Accionistas de Scotiabank Chile y de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Chile, después denominado Scotiabank Azul, ambas celebradas con fecha dos de agosto del dos mil dieciocho, cuyas actas se redujeron a escritura pública en esa misma fecha, en las Notarías de Santiago de don Eduardo Diez Morello y de don Eduardo Avello Concha, respectivamente, se adoptaron los acuerdos necesarios para la Fusión de ambas instituciones, la que produce, una vez que se materialice ésta, en consecuencia, la disolución anticipada de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Chile, después denominado Scotiabank Azul, por absorción de Scotiabank Chile, incorporándose todos los activos, pasivos y patrimonio del primero a éste último, en conformidad a lo prescrito en el artículo cuarenta y nueve número once de la Ley General de Bancos. En dichas Juntas se acordó también otorgar una escritura pública en la cual se deben declarar cumplidas todas las condiciones de la Fusión de ambas instituciones, la que tendrá efecto a partir del primer día del mes calendario siguiente a aquel mes en que se otorgue la escritura de declaración antes indicada. Por escritura pública de fecha dieciséis de agosto de dos mil dieciocho se rectificó la escritura pública a la cual se redujo el acta de la junta extraordinaria de accionistas del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Chile, antes indicada. Cuatro) Por Resolución número trescientos noventa de fecha veinte de agosto del dos mil dieciocho de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, se aprobaron los acuerdos adoptados por las Juntas Extraordinarias de Accionistas referidas precedentemente. Dicha Resolución se inscribió a fojas sesenta y seis mil noventa y cuatro número treinta y tres mil ochocientos cincuenta y cinco del año dos mil dieciocho del Registro de Comercio de Santiago, se publicó en el Diario Oficial de fecha veintisiete de agosto de dos mil dieciocho y se anotó al margen de la inscripción social de Scotiabank Chile de fojas ochocientas setenta y cinco número setecientos veintinueve del año mil novecientos cuarenta y cuatro y de la inscripción social de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Chile, después denominado Scotiabank Azul, de fojas mil quinientas setenta y siete número ochocientos treinta y dos del año mil novecientos ochenta y uno, ambas del Registro de Comercio de Santiago. El Certificado de dicha Resolución que contiene el Extracto de la modificación de los Estatutos de Scotiabank Chile se inscribió a fojas sesenta y cinco mil setecientas veintisiete número treinta y tres mil seiscientos treinta y nueve del año dos mil dieciocho del Registro de Comercio de Santiago, número 16 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago de 1989, se aprobó la fusión por incorporación del Banco Nacional en el Banco Hipotecario Internacional Financiero y la reforma de estatutos de este último, en que se acordó el cambio de nombre del Banco Hipotecario Internacional Financiero por Banco BHIF. En razón de lo anterior, el BBV Banco BHIF ha adquirido todos los activos y pasivos del Banco Nacional y tiene la calidad de sucesor de éste último. En Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada en Curicó el 29 de agosto de 1980, cuya acta fue reducida a escritura pública con fecha 10 de septiembre de 1980 en la Notaría de Curicó de don Rubén Bravo Valenzuela, se acordó cambiar el nombre de Banco Comercial de Curicó por Banco la reforma fue aprobada por Resolución 154 de 3 de octubre de 1980 de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, publicada en el Diario Oficial con fecha 8 de noviembre de 1980 e inscrita a fs. 14 Nº 7 en el Registro de Comercio del año 1980 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. NOTA: El representante de SCOTIABANK CHILE firmará y dará curso a éste alzamiento parcial o total de la garantía señalada en el presente contrato, una vez que lo autorice el Comité de Créditos respectivo y se cumplan las condiciones que en él se señalen. Se otorga la presente cláusula de alzamiento, sin ulterior responsabilidad de ésta institución, la que no se obliga a darle curso a lo antes señalado, sin que se cumpla lo establecido.

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133 -Clausula de Alzamiento contado con instruccion Notarial

Asignatura: Derecho Civil

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Versión
30/12/2019
Base N°133
CLAUSULA DE ALZAMIENTO PARA COMPRAVENTAS PAGO CONTADO
(con Instrucción Notarial)
CLAUSULA _________ Presente a este acto, don___________________,
chilena, casada, empleada , cédula de identidad N __________________ en su
carácter de mandatario y en representación de SCOTIABANK CHILE,
anteriormente Scotiabank Sud Americano, antes Banco Sud Americano,
continuador legal de Banco del Desarrollo, Banco Hipotecario de Fomento
Nacional, Banco Nacional, Banco Hipotecario Internacional Financiero, Banco
BHIF, BBV Banco BHIF, BBVA Banco BHIF, Banco del Pací昀椀co, Banesto
Chile Bank, Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Chile ambos de este domicilio
en Avenida Costanera sur 2710, comuna de Las Condes y expone: Que, en
atención ((al mandato otorgada en la cláusula ___________ precedente)) ((a la
carta con instrucciones notariales Nº__________ de fecha ___________ dejadas en
esta Notaría)) y sin ánimo de novar las obligaciones de_______________, y para
el sólo efecto de permitir la inscripción de dominio a nombre del comprador
del inmueble objeto del contrato de compraventa de que da cuenta el presente
instrumento, viene en este acto en alzar la prohibición pactada por escritura
pública de fecha ________otorgada en la Notaría de ________ de don___________,
inscrita a fojas ______ número ____ del registro de Prohibiciones del
Conservador de Bienes Raíces de ____________del año_______. Una vez
practicada la inscripción de dominio a nombre del comprador y sujeto a esa
precisa condición SCOTIABANK CHILE, anteriormente Scotiabank Sud
Americano, antes Banco Sud Americano, continuador legal de Banco del
Desarrollo, Banco Hipotecario de Fomento Nacional, Banco Nacional, Banco
Hipotecario Internacional Financiero, Banco BHIF, BBV Banco BHIF, BBVA
Banco BHIF, Banco del Pací昀椀co, Banesto Chile Bank, Banco Bilbao Vizcaya
Argentaria, Chile representado en la forma señalada, alza y cancela
únicamente en lo que se re昀椀ere al inmueble objeto del presente contrato, las
hipotecas inscritas a fs _______Nº _____ y de fs.____________ Nº___________ y
alza de昀椀nitivamente la prohibición de fojas ______ ____ de los Registros
correspondientes del Conservador de Bienes Raíces y año ya citados. Dicha
condición deberá cumplirse dentro del plazo de 90 días contados desde la
fecha de esta escritura, pues de lo contrario se entenderá fallida la condición y
sin efecto la cancelación y alzamientos anteriores. Se faculta al portador de
copia autorizada de esta escritura para requerir los alzamientos y
cancelaciones correspondientes ante quien proceda.
La personería del representante de SCOTIABANK CHILE, anteriormente
Scotiabank Sud Americano, antes Banco Sud Americano, también continuador
legal de Banco del Desarrollo, consta de escritura pública otorgada con fecha
23 de octubre de 2009 en la Notaría de Santiago de don Eduardo Diez Morello.
La citada personería no se inserta por ser conocida de las partes y del Notario
que autoriza.