- Información
- Chat IA
¿Ha sido útil este documento?
Apunte 10 de Octubre
Asignatura: Derecho Procesal II
94 Documentos
Los estudiantes compartieron 94 documentos en este curso
Universidad: Universidad Central de Chile
¿Ha sido útil este documento?
Termino Probatorio
Ordinario
Extraordinario
Especial
Termino Probatorio ORDINARIO: INDIVIDUAL EN SU INICIO, COMUN EN SU
TERMINO
A este término probatorio se refiere el art 328 cpc y las características de este término probatorio
ordinario se encuentra en el art 327.
Dura 20 días hábiles (no domingos, ni feriados)
Puede ser, incluso inferior si las partes de común acuerdo lo convienen, lo cual es difícil, ya que las
partes tienen intereses distintos.
Durante el termino probatorio (20 días) puede rendirse todo tipo de pruebas, tanto dentro del
territorio jurisdiccional del T° como fuera de el, tanto en Chile como en el extranjero.
Desde cuando comienza a contarse el Termino Probatorio para las partes:
(recordar)
La resolución que recibe la causa a prueba se notifica por cedula a las partes.
Según Art 320, desde la 1° Notificación por cedula de la resolución que recibe la causa a prueba y
hasta el 5°día de la ultima notificación de dicha resolución, cuando no se haya pedido reposición,
comienza a regir el termino probatorio ordinario.
En caso contrario, comienza a regir desde que se notifique por el estado diario la resolución que se
pronuncie sobre la ultima solicitud de reposición planteada.
Art 334 cpc. Se refiere a que puede ocurrir que alguno de los medios de prueba que deban rendir las
partes estén e n chile y otros en el extranjero, entonces respecto de los que están en el extranjero, esa
prueba se puede dar durante el termino del T.P ordinario y el extraordinario.