- Información
- Chat IA
¿Ha sido útil este documento?
Albaceazgo o ejecutores de testamentos
Asignatura: Sucesiones (3034313)
15 Documentos
Los estudiantes compartieron 15 documentos en este curso
Universidad: Universidad del Magdalena
¿Ha sido útil este documento?
Por: Carlos Eduardo Reina Osorio
Universidad del Magdalena
SUCESIONES – DRA. MARTHA LIGIA MÉNDEZ 2019
ALBACEAZGO O EJECUTORES TESTAMENTARIOS
Análisis de los ARTS 1327 AL 1373 DEL Código CIVIL
Etimología: ALBACEA
Origen: Árabe Hispánico
Composición Original: Al - wasiya.
Al : Articulo que en español significa “el” o “la”.
Wasiya: Testamento.
Significado: “El Testamento”. Sin embargo, al referirse a una persona, se convierte
en su ejecutor. El ejecutor del Testamento. Un ejemplo parecido es Al- Qadi: que
hoy se transformó en “alcalde”, como muchas otras que en español comienzan con
“al” (albañil, alcaide, alcalde, albacea, alférez, alguacil, almirante…)
DEFINICIÓN Y OTRAS DENOMINACIONES
El Albacea es la persona que el testador formalmente escoge para hacer cumplir sus últimos
designios.
También se le denomina:
MANDATO ESPECIAL,
CURADURIA ESPECIAL,
LEGATARIO ESPECIAL,
CARGO PRIVADO,
CARACTERÍSTICAS
Aceptación Voluntaria.
De ejercicio personalísimo.
De naturaleza remunerada.
De existencia temporal.
Intransmisible.
Indelegable.
No tiene otras atribuciones que las otorgadas por el testador.
Necesita del testamento
INTRANSMISIBILIDAD DEL ALBACEAZGO
La designación del albacea lo hace el testador, intuito personae, gracias a los especiales
atributos que lo hacen confiable para el testador. Por tal razón, el albaceazgo se caracteriza
por ser intransmisible a los herederos del albacea. Igual motivo tiene la ley para conferir su
indelegabilidad, a no ser que el testador así lo haya concedido. Sin embargo, seguirá siendo
responsable por las acciones de sus mandatarios. Arts. 1336, 1337 Cód. Civil