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Contrato de alquiler actualizado

Contrato de locación urbana actualizado Ayón ley de alquileres vigente
Asignatura

Obligaciones y contratos

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Año académico: 2020/2021
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Modelo de Contrato - Ley N° 27551 /2 0 Elaborado por el Programa de Atención de Inquilinos/as, Def Pueblo CABA.

MODELO DE CONTRATO - LEY N° 27551/

Elaborado para la comunidad por el Programa de Atención de Inquilinos/as de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires. Aplicable al alquiler de Vivienda en toda la Argentina

CONTRATO DE LOCACIÓN DE VIVIENDA

PRIMERA : PARTES. Entre _______ ________ (DNI ___________) por una parte, en adelante “EL/LA LOCADOR/A”, con domicilio en ________________________, CABA, y __________ _________ (DNI ___________) que en adelante se denominará “LA LOCATARIA” (inquilino/a) con domicilio en ____________, __________, convienen celebrar el presente contrato de locación, el que se regirá por el Código Civil y Comercial de la Nación (CCyCN), leyes aplicables a la materia y las cláusulas de este contrato.

SEGUNDA : OBJETO. EL/LA LOCADOR/A cede en locación a la LOCATARIO/A, que acepta, el inmueble sito en la calle ______________________________________ de la CABA. El inmueble objeto de locación tendrá por destino la vivienda familiar de EL/LA LOCATARIO/A, no pudiendo éste/a modificarlo salvo consentimiento expreso de EL/LA LOCADOR/A (art. 1196, CCyCN).

TERCERA : PLAZO. Las partes convienen que la presente locación se extenderá por TRES AÑOS (plazo mínimo / 36 meses), desde el día //__ hasta el día //__, inclusive (art. 1198, CCyCN).

CUARTA : PRECIO. Por la locación, las partes conviene un canon locativo de PESOS _____________________ ($_.______) por mes para el primer año de contrato (12 meses iniciales).

QUINTA : AJUSTE ANUAL. Para el segundo y tercer año el canon mensual definido en la cláusula anterior se actualizará conforme el art. 14 de la Ley N° 27. EL/LA LOCADOR/A realizará el cálculo indexatorio con una anticipación de QUINCE (15) días al vencimiento del primer mes del nuevo año de contrato. El nuevo valor se le informará al LOCATORIO/A por vía electrónica, al menos diez (10) días antes que venza el pago del mes (art. 14, Ley N° 27).

Modelo de Contrato - Ley N° 27551 /2 0 Elaborado por el Programa de Atención de Inquilinos/as, Def Pueblo CABA.

SEXTA : PERÍODO Y LUGAR DE PAGO. EL/ LA LOCATARIO/A se obliga a abonar el alquiler convenido por mes entero y adelantado, entre el 1 y el 10 de cada mes. El pago se efectuará por transferencia electrónica o depósito bancario en la Cuenta N° ________________ del Banco ______, CUIT -- _, CBU _____________________, titular del LOCADOR/A.

En contrapartida, EL/ LA LOCADOR/A extenderá al LOCATARIO/A la factura electrónica correspondiente, dentro de las 72hs (Res. N° 4004-E AFIP).

Para el caso que EL/LA LOCATARIO/A deshabitara el inmueble durante el transcurso del mes, deberá abonará el proporcional a los días en que haya habitado el inmueble.

SEPTIMA. DEMORA: La mora en el pago del alquiler se producirá de forma automática. Por ésta se abonará la tasa activa por plazo fijo del Banco de la Nación Argentina, durante el tiempo que demore en efectivizar el pago de los alquileres adeudados.

OCTAVA : EXPENSAS, SERVICIOS E IMPUESTOS. EL/ LA LOCATARIO/A

tiene a su cargo el pago en tiempo y forma de a): servicios de energía eléctrica, agua y gas; b): cargas y contribuciones asociadas al destino de vivienda del inmueble; c) las expensas que deriven de gastos habituales ordinarios, entendiéndose por tales aquellos que se vinculan a los servicios normales y permanentes a disposición del LOCATORIO/A, independientemente de que sean considerados como expensas comunes ordinarias o extraordinarias.

EL/LA LOCADOR/A tiene a su cargo las cargas y contribuciones que graven el inmueble (impuesto inmobiliario) y las expensas comunes extraordinarias (gastos no habituales) (art. 1209, CCyCN).

NOVENA : TITULARIDAD SERVICIOS. EL/ LA LOCATARIO/A, dentro de los TREINTA (30) días de suscripto el presente, transferirá a su nombre los servicios públicos, el servicio de TV por cable e internet.

Para el caso de registrarse deuda previa a este contrato en alguno de estos servicios, EL/LA LOCATARIO/A podrá cancelarla y compensar lo invertido de próximos alquileres. Esta decisión deberá anticipársela por vía electrónica al LOCADOR/A (art. 1204 bis., CCyCN).

EL/LA LOCADOR/A, dentro de los TREINTA (30) días de terminado el contrato, asegurará el cambio de titularidad del total de servicios, desvinculando así al LOCATORIO/A saliente.

Modelo de Contrato - Ley N° 27551 /2 0 Elaborado por el Programa de Atención de Inquilinos/as, Def Pueblo CABA.

DECIMA CUARTA : REPARACIONES. En caso de negativa o silencio del locador ante un reclamo del LOCATORIO/A debidamente notificado, para que efectúe alguna reparación urgente, EL/LA LOCATORIO/A puede realizarla por sí, con cargo al locador, una vez transcurridas al menos veinticuatro (24) horas corridas, contadas a partir de la recepción de la notificación.

Si las reparaciones no fueran urgentes, EL/LA LOCATORIO/A debe intimar al LOCADOR/A para que realice las mismas dentro de un plazo que no podrá ser inferior a diez (10) días corridos, contados a partir de la recepción de la intimación, cumplido el cual podrá proceder en la forma indicada en el párrafo precedente (art. 1201, CCyCN).

DECIMA QUINTA. PRIMER MES: EL/ LA LOCATARIO/A abona en este acto la cantidad de PESOS ____________ ($___________) en concepto del alquiler correspondiente al mes de _________________ de ______. Por este primer canon, EL/ LA LOCADOR/A remitirá al LOCATARIO/A la correspondiente factura electrónica, conforme la cláusula sexta del presente (art. 1196, CCyCN).

DECIMA SEXTA : DEPÓSITO. En garantía de las obligaciones contraídas por este contrato, el/la LOCATARIO/A da en depósito al LOCADOR/A la suma de PESOS ________________ ($________), equivalente al valor del primer mes de alquiler del contrato.

En el momento mismo de restitución del inmueble EL/ LA LOCADOR/A deberá devolver al LOCATORIO/A el depósito en garantía, actualizado su valor al del último mes del contrato (art. 1196, CCyCN).

Para el caso que EL/LA LOCATORIO/A no presente libre deuda o exista/n servicio/s público/s domiciliario/s y/o expensas pendientes de pago o liquidación al momento de la entrega del inmueble, EL/LA LOCADOR/A podrá retener del depósito el valor de la última liquidación del servicio o la expensa pendiente de pago.

DÉCIMA SÉPTIMA : FINALIZACIÓN. La finalización del presente contrato, por cualquier modalidad de extinción, se formalizará a través del Acta de Entrega de Llaves, que EL/LA LOCADOR/A confeccionará y cuyo texto le enviará al LOCATARIO/A 48 hs antes de la entrega.

El acta informará la fecha y hora de entrega, los nombres completos de los presentes y el carácter de su intervención; detallará el estado del inmueble, el estado de las obligaciones contractuales y la devolución total o parcial del depósito en garantía.

Modelo de Contrato - Ley N° 27551 /2 0 Elaborado por el Programa de Atención de Inquilinos/as, Def Pueblo CABA.

DÉCIMA OCTAVA. FIANZA. Completar con garantía elegida (art. 13, Ley N° 27551).

DÉCIMA NOVENA : RESOLUCIÓN ANTICIPADA. EL/ LA LOCATARIO/A

puede rescindir el presente contrato sin expresión de causa de forma anticipada una vez transcurridos los primeros seis (6) meses de relación, notificando su decisión al LOCADOR/A con un (1) mes de anticipación.

a) Si la rescisión es en el primer año de contrato, EL/LA LOCATARIO deberá abonarle al LOCADOR/A en concepto de indemnización la suma de un (1) mes y medio de alquiler.

b) Si se produce después del primer año, la indemnización será de un (1) mes.

Transcurridos los primeros seis (6) meses de relación, si EL/LA LOCATARIO/A notifica al LOCADOR/A su decisión con una anticipación de tres (3) meses o más, no corresponde el pago de indemnización por rescisión anticipada (art. 1221 CCyCN).

VIGÉSIMA : RENOVACIÓN. Dentro de los últimos tres (3) meses del contrato cualquiera de las partes puede convocar, mediante notificación fehaciente, a la otra a conversar sobre la renovación de la locación.

El silencio de EL/LA LOCADORA, o su negativa a renovar el contrato, habilitará a la LOCATARIA a rescindir el contrato de forma anticipada, sin necesidad de preaviso ni obligación de indemnizar al LOCADOR/A (art. 1221 bis CCyCN).

VIGÉSIMA PRIMERA : FALTA DE PAGO. La falta de pago de dos (2) meses de alquiler consecutivos da derecho al LOCADOR/A a considerar irrevocablemente rescindido el contrato de locación y tramitar la acción de desalojo.

Previo a ello, frente a cualquier supuesto de incumplimiento EL/LA LOCADOR/A deberá intimar de modo fehaciente al LOCATORIO/A el cumplimiento de la obligación y/o el pago de alquileres adeudados, otorgando para ello un plazo nunca inferior a diez (10) días (art. 1222, CCyCN; DNU 320/20).

VIGÉSIMA SEGUNDA : DOMICILIOS. Las partes establecen los siguientes domicilios para todo lo relativo al presente contrato:

a) LOCADOR/A – en ______________ _____, CABA; ___@;

b) LOCATARIO/A – en el inmueble locado; y ___@.

Modelo de Contrato - Ley N° 27551 /2 0 Elaborado por el Programa de Atención de Inquilinos/as, Def Pueblo CABA.

En la Ciudad de __________________ (Argentina), el ___ de __________ de 2020.

FIRMA LOCADORA FIRMA LOCATARIA

Modelo de Contrato - Ley N° 27551 /2 0 Elaborado por el Programa de Atención de Inquilinos/as, Def Pueblo CABA.

ANEXO

AUTORIZACIÓN

En mi carácter de propietario de la U. Nº _____ del edificio de la calle _________, de C.A.B., autorizo al Sr. /Sra. __________ , DNI ______, habitante del edificio a través de contrato de locación de vivienda con mi persona, a que me represente en la Asamblea de copropietarios que se realizará el //.

A tal efecto lo faculto para que en mi nombre y representación intervenga en las deliberaciones, votando y decidiendo cuanto fuere.

FIRMA AUTORIZANTE FIRMA AUTORIZADO

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Contrato de alquiler actualizado

Asignatura: Obligaciones y contratos

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Modelo de Contrato - Ley N° 27551/20
Elaborado por el Programa de Atención de Inquilinos/as, Def.del Pueblo CABA.
Inquietudes, dudas o consultas, atencioninquilinos@defensoria.org.ar
MODELO DE CONTRATO - LEY N° 27551/20
Elaborado para la comunidad por el Programa de Atención de Inquilinos/as de la
Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires.
Aplicable al alquiler de Vivienda en toda la Argentina
CONTRATO DE LOCACIÓN DE VIVIENDA
PRIMERA: PARTES. Entre _______ ________ (DNI ___________) por una
parte, en adelante EL/LA LOCADOR/A”, con domicilio en
________________________, CABA, y __________ _________ (DNI
___________) que en adelante se denominará “LA LOCATARIA” (inquilino/a)
con domicilio en ____________, __________, convienen celebrar el presente
contrato de locación, el que se regirá por el Código Civil y Comercial de la Nación
(CCyCN), leyes aplicables a la materia y las cláusulas de este contrato.
SEGUNDA: OBJETO. EL/LA LOCADOR/A cede en locación a la
LOCATARIO/A, que acepta, el inmueble sito en la calle
______________________________________ de la CABA. El inmueble objeto
de locación tendrá por destino la vivienda familiar de EL/LA LOCATARIO/A, no
pudiendo éste/a modificarlo salvo consentimiento expreso de EL/LA
LOCADOR/A (art. 1196, CCyCN).
TERCERA: PLAZO. Las partes convienen que la presente locación se extenderá
por TRES AÑOS (plazo mínimo / 36 meses), desde el día __/__/__ hasta el día
__/__/__, inclusive (art. 1198, CCyCN).
CUARTA: PRECIO. Por la locación, las partes conviene un canon locativo de
PESOS _____________________ ($__._______) por mes para el primer año de
contrato (12 meses iniciales).
QUINTA: AJUSTE ANUAL. Para el segundo y tercer año el canon mensual
definido en la cláusula anterior se actualizará conforme el art. 14 de la Ley
27.551. EL/LA LOCADOR/A realizará el cálculo indexatorio con una
anticipación de QUINCE (15) días al vencimiento del primer mes del nuevo año
de contrato. El nuevo valor se le informará al LOCATORIO/A por vía electrónica,
al menos diez (10) días antes que venza el pago del mes (art. 14, Ley N° 27.551).

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