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Solicita SE Dicte Sobreseimiento Actividad evaluable 7

SOLICITA SE DICTE SOBRESEIMIENTO ACTIVIDAD NUMERO 7 ...........
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Práctica Profesional

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Año académico: 2020/2021
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SOLICITA SE DICTE SOBRESEIMIENTO

Excmo. Tribunal:

Micaela Gutiérrez Fabrega , abogada inscripta en el Tº 12 Fº 286 del C.P.A.C, en letrada defensora de Martin Hernández, manteniendo el domicilio electrónico en 27394357621, en la causa N.º 1826/18, caratulada: “ MARTIN HERNANDEZ S/ ROBO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA EN TENTATIVA” , a V. respetuosamente digo:

I.- Conforme lo establecido en los arts. 59, 62 y 67 del Código Penal de la Nación, vengo a solicitar el sobreseimiento por falta de acción respecto de mi pupilo en la presente causa, en relación al delito de Coautor de “Robo calificado por el uso de arma”, cuya aptitud para el disparo no puede ser acreditada, en grado de tentativa, todo ello, con fundamento en las consideraciones de hecho y de derecho que paso a exponer.

II.- A mi entender las actuaciones y declaraciones realizadas no tienen la suficiente fuerza para ser incorporadas como prueba incriminatoria en contra de mi pupilo ya que solo se basan en dichos de terceros, de una persona que no tiene participación alguna en la presente investigación, siendo solo una vaga sospecha de los testigos que llevaron al Sr. Fiscal de Investigación a la imputación. -

III.- Asimismo, es muy importante destacar que no hay prueba de cargo para imputar al Sr. Martin Hernández de participación de algún grado en la conducta tenida por el mismo, dejando a la luz la conducta atípica del mismo.

IV.- En igual sentido cabe resaltar que según la Planilla de antecedentes de mi defendido que rola a fs. 98/vta. Consta que no tiene condena ni pedido de individualización y/o comparendo, es decir que tiene antecedentes penales. -

V.- Por lo que, de los expuesto se deduce que no existen pruebas suficientes como para atribuir la responsabilidad del presente hecho a mi defendido y que agotadas las tareas de investigación no hay base suficiente para requerir de manera fundada la apertura del juicio, por lo cual corresponde solicitar el sobreseimiento del inculpado. -

Como así también de este análisis de las pruebas existentes en el legajo, al ser estas insuficientes, nos lleva a sostener que el Sr. Martin Hernández no fue el coautor del hecho.

VI.- Por todo lo expuesto solicito el SOBRESEIMIENTO según lo dispuesto por el art. 336 inciso 4º, segunda parte del C.P.

Proveer de conformidad Será Justicia.

M icaela Gutiérrez Fabrega

ABOGADA

Tº 12 Fº 286 C.P.A.C

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SOLICITA SE DICTE SOBRESEIMIENTO
Excmo. Tribunal:
Micaela Gutiérrez Fabrega, abogada inscripta en el Tº 12 Fº 286 del C.P.A.C.F, en
letrada defensora de Martin Hernández, manteniendo el domicilio electrónico en
27394357621, en la causa N.º 1826/18, caratulada: “MARTIN HERNANDEZ S/
ROBO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA EN TENTATIVA”, a V.E.
respetuosamente digo:
I.- Conforme lo establecido en los arts. 59, 62 y 67 del Código Penal de la Nación,
vengo a solicitar el sobreseimiento por falta de acción respecto de mi pupilo en la
presente causa, en relación al delito de Coautor de “Robo calificado por el uso de
arma”, cuya aptitud para el disparo no puede ser acreditada, en grado de tentativa,
todo ello, con fundamento en las consideraciones de hecho y de derecho que paso a
exponer.
II.- A mi entender las actuaciones y declaraciones realizadas no tienen la suficiente
fuerza para ser incorporadas como prueba incriminatoria en contra de mi pupilo ya
que solo se basan en dichos de terceros, de una persona que no tiene participación
alguna en la presente investigación, siendo solo una vaga sospecha de los testigos
que llevaron al Sr. Fiscal de Investigación a la imputación. -
III.-Asimismo, es muy importante destacar que no hay prueba de cargo para imputar
al Sr. Martin Hernández de participación de algún grado en la conducta tenida por el
mismo, dejando a la luz la conducta atípica del mismo.