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17) demanda de ilegitimidad

Asignatura

Derecho Administrativo II Y Práctica Procesal Administrativa

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Año académico: 2018/2019
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INTERPONE DEMANDA DE ILEGITIMIDAD

Excelentísima Cámara: Jorge Martínez, DNI 31.590, con domicilio real en calle Marconi N° 620 de la ciudad de San Francisco, en calidad de gerente de MAVB CONSTRUCTIVA S.R, para lo cual acompaño el contrato social correspondiente, con el patrocinio letrado de la Dra. Ledesma Carolina, abogada MP: 5215-5, constituyendo domicilio a los efectos procesales de la presente en calle Catamarca N° 1292 de la ciudad de San Francisco, me presento a V y respetuosamente digo: I. Objeto Que por el presente instaura demanda contra la Municipalidad de la Ciudad de San Francisco, a fin de que se declare la nulidad de la resolución del Intendente Municipal N° RS-2018- 28221232 de fecha 30 de octubre de 2018, mediante proceso de ilegitimidad. II. Legitimación de mi parte. Relación Personal y directa respe cto del interés legítimo poseído. Que la empresa es titular de un interés legítimo en virtud de su participación en la Licitación Privada de Obra Pública Menor N° 9559/SIGAF/2018 “VEREDAS INCLUSIVAS” y tal interés recae en que la licitación se llevara a cabo conforme las reglas establecidas por ley. Su interés legítimo se encuentra agraviado por motivo de que haciendo una comparación de las ofertas presentadas por ambas empresas se visualiza que las mismas cumplieron con los pliegos de condiciones particulares y especificaciones técnicas y por lo tanto eran admisibles. Las ofertes eran convenientes y muy similares en precio, incluso la oferta de la empresa que represento era de pesos cien mil ($100) menos, por la misma calidad de material a utilizar. Es por ello que no se visualizan con claridad los fundamentos tenidos en cuenta al momento de la adjudicación. Además el presidente del directorio de la empresa que resultó adjudicataria, tiene un vínculo personal con el intendente de la ciudad de San Francisco, lo cual podría haber generado que se pierda la objetividad al momento de la elección y esta se torne arbitraria.

Por todo esto, la empresa MAVB CONSTRUCTIVA S.R se encuentra legitimada para iniciar la presente acción. III. Acto administrativo contra el que mi parte dirige la presente demanda. El acto administrativo que pretende revocar es la resolución N° RS-2018-28221232 dictada por el Intendente de la ciudad de San Francisco de fecha 30 de octubre de 2018 correspondiente a la adjudicación Licitación Privada de Obra Pública Menor N° 9559/SIGAF/2018 “VEREDAS INCLUSIVAS”. IV. Hechos de la causa Con fecha 19 de marzo de 2018, en sesión ordinaria del Concejo Deliberante de la ciudad de San Francisco, se declaró la emergencia en materia de vías de tránsito peatonal por el riego que conllevaba a la salubridad pública. Con fecha 19 de junio de 2018, el Concejo Deliberante aprobó el proyecto denominado “VEREDAS INCLUSIVAS” mediante la cual se propiciaba la reparación y/o reconstrucción de las aceras que se encuentran seriamente afectadas y la construcción de aceras modelo con avisadores táctiles para preservar la integridad física de personas no videntes o con visión disminuida. Por tal motivo, mediante el dictado de la Ordenanza N° 13/18 el Concejo Deliberante instruyó al Intendente para que afecte la partida presupuestaria y este impulsó la Licitación Privada de Obra Pública Menor N° 9559/SIGAF/2018. Que el Presupuesto Oficial afectado por el Intendente de la Ciudad de San Francisco para la ejecución de los trabajos de reparación fue de pesos tres millones cuarenta y tres mil ($3.043). En el día 13 de julio de 2018, por resolución N° 26326766-2018, se aprobaron los pliegos de condiciones particulares y de especificaciones técnicas proyectado para regir la Licitación Privada de Obra Menor N° 9559-SIGAF-2018 para la contratación de la obra “VEREDAS INCLUSIVAS”. El día 15 de julio de 2018 se publicaron los pliegos antes mencionados en la página web de la Municipalidad de la Ciudad de San Francisco y en la Cartelera Oficial de este organismo.

c) Copia certificada de la oferta presentada en sobre cerrado en la fecha correspondiente. d) Copia certificada de la resolución en la cual se resolvió la adjudicación que le fue notificada. VII. Solicita se suspendan los efectos del acto administrativo En virtud de la presente, vengo a solicitar a V se sirva de suspender los efectos del acto administrativo en virtud del cual acciono, atento a la posibilidad cierta de, en caso de serme ejecutado en tanto dure el proceso, causarme el grave perjuicio que a continuación detallo: perjuicio de carácter económico como consecuencia de no poder ejecutar la obra objeto de la licitación, es decir, pérdida de la oportunidad. Se debe al hecho de que la oferta presentada por la empresa MAVB CONSTRUCTIVA S.R. reunía la totalidad de requisitos para ser válida y más conveniente que la oferta contraria, tornando la decisión arbitraria. Además, si eventualmente la empresa a la cual represento hubiese resultado adjudicataria de la Licitación Privada, hubiese significado un beneficio para la Administración, por ser de menor valor la oferta, y para los vecinos de la ciudad por reducirse el monto por contribución de mejoras a pagar. Asimismo, dicha medida no implica perjuicio de interés público alguno atento a que MAVB CONSTRUCTIVA S.R. se compromete a implementar las medidas necesarias para hacer visibles las roturas y baches en las veredas objeto de la Licitación colocando avisos y carteles, como así también medidas de urgencia provisorias que permitan la circulación de las personas sin implicar riesgo alguno. Por último, la empresa que represento asume caución suficiente para la reparación hacia la empresa Ashoka Construcciones S. por la demora en la ejecución de la obra que puede generar esta solicitud y en caso que no se haga lugar. VIII. Acredita agotamiento de vía administrativa previa

Contra la resolución N° RS-2018-28221232 de fecha 30 de octubre de 2018, dictada por el intendente de la Ciudad de San Francisco, la empresa MAVB CONSTRUCTIVA S.R interpuso recurso de reconsideración el día 1 de noviembre de 2018. El día 5 de noviembre de 2018 el Intendente se pronunció acerca del mismo, confirmando la resolución recurrida. En consecuencia quedó agotada la vía administrativa y habilitada la presente vía judicial. IX. Petitum: Por todo lo antes expuesto, solicito a V:

  1. Me tenga por presentado, por parte y constituido domicilio procesal supra indicado.
  2. Tenga por acreditado el carácter administrativo de la presente, y admita consecuentemente la presente demanda, imprimiéndole el trámite de rito a la misma.
  3. Tenga por acompañada la documental en poder de mi parte.
  4. Oportunamente, haga lugar a la presente acción, anulando el acto que mi parte impugna.
  5. Imponga las costas en la forma prevista por la legislación específica.

Proveer de conformidad POR RESULTAR AJUSTADO A DERECHO

40.420 Carolina Ledesma M:5125-

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Carolina, abogada MP: 5215-5, constituyendo domicilio a los efectos procesales de la presente en
calle Catamarca N° 1292 de la ciudad de San Francisco, me presento a V.S y respetuosamente digo:
I. Objeto
Que por el presente instaura demanda contra la Municipalidad de la Ciudad de San
Francisco, a fin de que se declare la nulidad de la resolución del Intendente Municipal N° RS-2018-
28221232 de fecha 30 de octubre de 2018, mediante proceso de ilegitimidad.
II. Legitimación de mi parte. Relación Personal y directa respecto del interés
legítimo poseído.
Que la empresa es titular de un interés legítimo en virtud de su participación en la
Licitación Privada de Obra Pública Menor N° 9559/SIGAF/2018 “VEREDAS INCLUSIVAS” y tal
interés recae en que la licitación se llevara a cabo conforme las reglas establecidas por ley.
Su interés legítimo se encuentra agraviado por motivo de que haciendo una comparación de
las ofertas presentadas por ambas empresas se visualiza que las mismas cumplieron con los pliegos
de condiciones particulares y especificaciones técnicas y por lo tanto eran admisibles. Las ofertes
eran convenientes y muy similares en precio, incluso la oferta de la empresa que represento era de
pesos cien mil ($100.000) menos, por la misma calidad de material a utilizar. Es por ello que no se
visualizan con claridad los fundamentos tenidos en cuenta al momento de la adjudicación.
Además el presidente del directorio de la empresa que resultó adjudicataria, tiene un
vínculo personal con el intendente de la ciudad de San Francisco, lo cual podría haber generado
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