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Introducción a la Filosofía

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San Agustín

Teoría Política II

San Agustín: la ciudad de Dios y

la ciudad del mundo

Nacido en una provincia romana de África, Agustín (354-439) viaja en su juventud a Cartago a estudiar retórica. Allí lee a Cicerón y conoce el maniqueísmo, una doctrina de origen persa que procuraba una explicación racional del mundo a partir de dos principios, el bien y el mal. Más tarde abandona la secta y enseña retórica en Roma. En Milán, lee textos del neoplatonismo y las escrituras. Luego, en el 386, bajo la guía del obispo san Ambrosio, se convierte al cristianismo.

Dentro del contexto de debate teológico-filosófico que atraviesa los primeros siglos de la era cristiana sobre la relación entre fe y razón, Agustín adopta una posición ecléctica: fe y razón se complementan. Su convicción es que comprendemos para creer y creemos para comprender (intellige ut credas, crede ut intelligas). La fe ilumina la razón, el verbo divino ilumina el entendimiento humano. Bajo la influencia del neoplatonismo, sostiene que la verdad, universal, necesaria e inmutable, está en el mundo inteligible, no en el mundo sensible caracterizado por el constante cambio.

Para Agustín, el hombre es un alma que se sirve de un cuerpo (neoplatonismo), sin negar por esto la noción cristiana de unidad entre ambos. En su dimensión social, el hombre se desarrolla en tres esferas: casa, urbe y orbe. La sociabilidad es natural en él. Agustín coincide con Cicerón y la distinción estoica entre ley natural y positiva, a la cual agrega la noción cristiana de ley eterna.

Define en un primer momento a la ley eterna como la razón o voluntad de Dios que rige el orden natural del universo y prohíbe turbarlo. Ese mismo orden se refleja en la ley natural (que manda a realizar el bien y evitar el mal) y es como el sello que Dios en el corazón del hombre. En tanto que la ley positiva o humana busca mantener el orden y la paz, por lo que encuentra su fundamento moral racional en la ley natural.

Pero luego, en el marco de una controversia iniciada por el monje inglés Pelagio, san Agustín redefine su concepto de ley, situando su origen en la voluntad divina. Se inclina así por un voluntarismo, de modo que lo justo es lo que la ley de Dios manda, es decir, la ley es justa porque así lo quiere Dios. A diferencia del racionalismo, que sostiene que la ley manda lo que es justo. Sin embargo, el mayor desafío argumental para Agustín, por el contexto histórico en el que le toca vivir, lo representa la acusación de ciertos sectores críticos contra la Iglesia cristiana de ser la causante de la

debe saber orientar su vida también hacia fines espirituales, como la salvación del alma, que es el bien o fin propio de la persona humana.

Ahora bien, respecto de la concepción agustiniana del Estado presente en su obra La ciudad de Dios, según da cuenta Truyol y Serra (en Rossi, 1999), se han propuesto históricamente diversas interpretaciones. A continuación, las desarrollaremos.

A. Concepción pesimista del Estado

Entre los siglos XIX y XX, predomina una lectura de la obra que considera al Estado como un producto del pecado. Agustín se ubicaría de este modo en la misma línea de pensamiento que los teólogos de la patrística. El pecado original tiene como consecuencia la sujeción de los hombres a la autoridad de otros hombres. Surge la sociedad política y con ella la relación de mando y obediencia.

El pecado pone fin a la condición de igualdad natural originaria de la creación, donde el hombre reinaba sobre los demás seres, pero no sobre sus iguales. De acuerdo con esta interpretación, Estado y política son ajenos a la ciudad de Dios, porque son efectos del pecado.

Truyol y Serra cita a Gregorovius (en Rossi, 1999) como un representante de esta lectura y le opone dos consideraciones: a) lo que Agustín le señala al Imperio romano no debe extenderse a todo Estado y b) a esa forma de organización política en particular, Agustín le critica la modalidad imperialista, pues esto ha conducido a innumerables guerras. No obstante, le reconoce a Roma haber logrado constituir una cultura común entre muchos pueblos.

Como conclusión, Truyol y Serra (en Rossi, 1999) rechaza esta concepción negativa del Estado, porque presupone que la ciudad de Dios simboliza a la Iglesia cristiana y la ciudad del mundo representa al Estado. Pero las ciudades descriptas por Agustín en su obra no son reales en sentido geográfico e histórico, sino simbólicas, aun cuando la ciudad terrenal y la civitas puedan a veces parecerse.

B. Concepción optimista del Estado

Esta interpretación concibe al Estado como algo natural en el hombre, incluso anterior al pecado. La primera asociación es la familia, de la cual provendría el modelo de mando que luego se proyecta al Estado, como un gran representante de esta. El deber del gobernante es cuidar y guiar a los ciudadanos y el de estos es obedecer. El fin para lograr es la paz doméstica. El hombre justo, en la familia y en el Estado, es el que vive en la fe y se pone al servicio de los demás.

En las consideraciones críticas de Truyol y Serra, (en Rossi, 1999) esta visión del Estado no contempla que para Agustín el hombre no tiene originariamente autoridad sobre sus iguales, de allí que los primeros hombres justos fueran pastores y no reyes. De modo que no deben confundirse la autoridad política con la autoridad familiar, pues la diferencia es de tipo cualitativo y no cuantitativa o de grado.

Si bien para el teólogo cristiano habría una tendencia social natural en el hombre, también hay en él tendencias egoístas e insociables que requieren del Estado como organización coercitiva para asegurar la obediencia y la paz. Agustín enfatiza que no existe la esclavitud ni la servidumbre entre los seres humanos por naturaleza, sino como consecuencia del pecado, como la única manera de lograr el orden.

C. Concepción ecléctica:

Esta lectura entiende que para Agustín la naturaleza del hombre es social, en concordancia con lo sostenido por la tradición de pensamiento clásica que viene de los griegos; sin embargo, él agrega que su principal fundamento es la vida de los santos, ya que en su obra se pregunta cómo lograría su fin la ciudad de Dios si la vida de los santos no fuera social. Al igual que Aristóteles, habría usado un método histórico evolutivo para explicar el origen del orden político, aunque a diferencia del estagirita incorpora una finalidad trascendente a la persona humana, que es ulterior al fin propio del Estado y está ligada a la salvación del alma.

Pero hay otras coincidencias con el pensamiento aristotélico: a) elabora una teoría orgánica de la civitas, que da prevalencia al todo social sobre sus partes, a las cuales provee de sentido; y b) distingue entre autoridad familiar y autoridad política, pues el Estado no surge de la familia sino del pecado. No obstante, Agustín considera a la familia como la célula básica del orden social, la cual está sujeta a dos leyes, la ley natural y la ley civil, y también a dos fines, el doméstico y el social.

Con respecto a la sociabilidad o la insociabilidad humanas, se puede decir que ambas nociones están presentes en el pensamiento de Agustín. De acuerdo con la tradición cristiana, los seres humanos integran una gran

Referencias

Rossi, M. A. (1999). Agustín: El pensador político. En A. Borón (Ed.), La filosofía política clásica (pp. 86-106). Buenos Aires, AR: CLACSO.

San Agustín. (1953). La Ciudad de Dios. Barcelona, España: Alma Mater.

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