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Enriquecimiento ilegítimo
Materia: Derecho de las obligaciones
18 Documentos
Los estudiantes compartieron 18 documentos en este curso
Universidad: Universidad de Colima
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Enriquecimiento ilícito
Cuando una persona se enriquece a expensas de otra que correlativamente se
empobrece, y dicho enriquecimiento carece de causa o justificación que lo
legitime, surge una obligación dirigida a devolver la igualdad preexistente
(equidad), ya sea a restituir lo recibido con sus accesorios, o al indemnizar a
quien se ha empobrecido en la medida del enriquecimiento.
Principio general: “nadie puede enriquecerse sin causa, a costa y en detrimento de
otro”.
Partes
El acreedor será quien ha sufrido el empobrecimiento y el deudor quien se ha
beneficiado con el enriquecimiento consecuente.
El Código Civil regula el enriquecimiento ilegítimo (enriquecimiento sin causa) y
su especie, el pago de lo indebido.
Requisitos
Enriquecimiento: se debe entender cualquier beneficio que reciba una
persona y que pueda ser medido en dinero. (AUMENTO DEL ACTIVO DEL PATRIMONIO DE UNA
PERSONA)
EJEMPLO: el que por error recibe un depósito de dinero ajeno en su cuenta
bancaria se enriquece al ver incrementado su activo en perjuicio de quien por
error lo depositó, que a su vez se empobrece de manera injusta.
EJEMPLO: quien se adhiere sin pagar a la explicación que da un guía
profesional en un museo, contratado por otras personas.
Empobrecimiento: consiste en la disminución del activo, o el incremento del
pasivo de una persona.
Relación de causalidad: debe existir una relación de causa-efecto entre el
enriquecimiento de uno y el empobrecimiento de otro. El empobrecimiento debe
ser una consecuencia necesaria, directa y actual del enriquecimiento.
Ausencia de causa: el enriquecimiento debe ser sin causa:
Causa final: la ausencia de la causa estará conformada por la falta de la
finalidad buscada por la relación jurídica obligatoria, o en otros términos,
por la ausencia de razón jurídica o justificación para el enriquecimiento.
EJEMPLO: En el ejemplo del depósito de dinero en una cuenta ajena, el
enriquecimiento es sin causa en virtud de que la finalidad del acto jurídico
consistente en el depósito de dinero es abonar dinero a la cuenta propia y no a la
ajena, por lo que, al no cumplirse esa finalidad, el enriquecimiento carece de
causa o justificación.
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