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Demanda accion reivindicatoria 1l ISTO

formato demanda por acción reivindicatoria en materia procesal civil
Materia

derecho pocesal penal

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Año académico: 2019/2020
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C. JUEZ DE LO CIVIL EN TURNO CASILLAS RAMIREZ NORMA DE

LA CIUDAD DE MÉXICO ANGELICA

VS

CASTILLO ANGELES GUSTAVO

JUICIO ORDINARIO CIVIL

ACCION REIVINDICATORIA

ESCRITO INICIAL

C. JUEZ DE LO CIVIL EN TURNO,

DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

NORMA ANGELICA CASILLAS RAMIREZ , por mi propio derecho y señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en calle estado de guerrero No. 54, Colonia Providencia, Delegación Gustavo A. Madero, Código Postal 07550, entre las calles estado de Morelos y estado de Veracruz, de esta ciudad, autorizando para oír y recibir todo tipo de notificaciones, documentos, valores, tomar apuntes, estudiar, imponerse de los autos e intervenir en todos los actos del juicio en términos del artículo 112 párrafo cuarto el Código de Procedimientos Civiles vigente para el Distrito Federal a la Licenciada en Derecho STEPHANIE ARRIAGA CASILLAS con cédula profesional número 2887544 (dos-ocho-ocho-siete-cinco-cuatro- cuatro)expedida por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública.

Que en JUICIO ORDINARIO CIVIL y EN EJERCICIO DE LA ACCION REIVINDICATORIA, el suscrito viene a demandar al señor que se hace llamar GUSTAVO CASTILLO ANGELES quien puede ser emplazados en el inmueble ubicado en Avenida Prolongación Instituto Politécnico Nacional, con número exterior 90, con número de predial 80, y referida en el contrato con número 88, Colonia San Pedro Zacatenco, Delegación Gustavo A. Madero, Código Postal 07360, esquina con la calle de Sao Paulo, en esta ciudad, las siguientes P R E S T A C I O N E S :

I. La declaración, en sentencia definitiva, en el sentido de que, LA QUE SUSCRIBE ES PROPIETARIA del inmueble ubicado en Avenida Prolongación Instituto Politécnico

Nacional, con número exterior 90, con número de predial 80, y referida en el contrato con número 88, Colonia San Pedro Zacatenco, Delegación Gustavo A. Madero, Código Postal 07360, esquina con la calle de Sao Paulo, en esta ciudad y denominado también lote de terreno 1 de la manzana 1 del predio denominado Zona Baja, ubicada en la Colonia San Pedro Zacatenco, Delegación Gustavo A. Madero, en esta ciudad. II. La entrega que deberá hacer el demandado, de la casa y terreno antes mencionados con sus frutos y accesiones, a partir del fallecimiento del señor DANIEL JÍMENEZ AVENDAÑO. III. El pago del valor de los menoscabos que han sufrido el terreno y la casa desde que ha estado en su poder. IV. El pago de los daños y perjuicios derivados de su posesión ilícita. V. El pago de los gastos y costas que el presente juicio origine hasta su total terminación.

Me fundo para hacerlo en las siguientes consideraciones de hecho y de derecho:

HECHOS

I.- Según lo acredito con el título de propiedad de fecha 20 (veinte) de febrero de 2004 (dos mil cuatro), expedido por el Departamento del Distrito Federal, Dirección General del Registro Público de la Propiedad, dentro del programa de Regularización de la Tenencia de la Tierra, debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad bajo el folio real número 00623585 (cero-cero-seis-dos-tres-cinco-ocho-cinco) acredito que desde la fecha indicada soy propietaria del inmueble ubicado en Avenida Prolongación Instituto Politécnico Nacional, con número exterior 90, con número de predial 80, y referida en el contrato con número 88, Colonia San Pedro Zacatenco, Delegación Gustavo A. Madero, Código Postal 07360, esquina con Sao Paulo, en esta ciudad y denominado también lote de terreno 1 de la manzana 1 del predio denominado Zona Baja, ubicada en la Colonia SAN PEDRO

desocupado y me encontré con la sorpresa de que el hoy demandado, es decir, quien se hace llamar GUSTAVO CASTILLO ANGELES se encuentra habitando el inmueble de mi propiedad desde enero del 2016 y sin legal título alguno, por lo tanto dicha persona se encuentra en posesión de MALA FE y SIN TITULO ALGUNO del inmueble a que se refiere este juicio que es propiedad de la suscrita NORMA ANGELICA CASILLAS RAMIREZ.

VII.- A pesar de que he solicitado en reiteradas ocasiones a pedirle de manera pacífica la desocupación del inmueble, y no obstante las gestiones extrajudiciales que he realizado para recuperar el inmueble de mi propiedad, no lo he logrado, por lo que me veo en la necesidad de demandar en la forma y los términos descritos en este escrito. Para robustecer mi argumento, cito la siguiente tesis jurisprudencial:

ACCION REIVINDICATORIA. SUS ELEMENTOS. - La reivindicación compete a quien no está en posesión de la cosa de la cual tiene propiedad y su efecto es declarar que el actor tiene dominio sobre ella y se la entregue al demandado con sus frutos y accesiones. Así, quien la ejercita debe acreditar a) La propiedad de la cosa que reclama; b) La posesión por el demandado de la cosa perseguida y c) La identidad de la misma, o sea, que no puede dudarse cual es la cosa que pretende reivindicar y a la que se refieren los documentos fundatorios de la acción, precisando situación superficie y linderos, hechos que demostrará con cualquiera de los medios de prueba reconocidos por la ley. Promovente: EDGAR MENESES BELTRAN Y OTRA.

Tesis visible en Registro número 219236, Localización: Octava Época. Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito, Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, 53, Mayo de 1992.

VIII. MEDIDAS Y COLINDANCIAS.- Apuntando los elementos de existencia de la acción que se pretende ejercitar en la presente vía, el inmueble objeto de la presente acción reivindicatoria

cuenta con las siguiente superficie, medidas, linderos y colindancias:

SUPERFICIE.- 147,28 M

  • AL NOROESTE: 11 METROS CON AVENIDA INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL.

- AL SUROESTE: 11 METROS CON CALLE SAO PAULO - AL NORESTE 14 METROS CON LOTE 2.

- AL SURESTE: 11 METROS CON LOTE 14.

IX. AVALÚO DEL INMUEBLE.- Según queda acreditado en los recibos del pago del impuesto Predial de fecha 1º a 6º ( primero a sexto ) bimestre del 2017 ( dos mil diecisiete) , mismos que se agrega al legajo del presente escrito como ANEXO CINCO, en el contenido de los mismos se hace constar que el valor catastral del inmueble objeto de la presente demanda es de $329,575. (trescientos veintinueve mil quinientos setenta y cinco pesos 67/100), de donde se deriva la competencia de este H. Juzgado.

DERECHO

Son aplicables en cuanto al fondo los artículos 806, 830 831 y demás correlativos del Código Civil para el Distrito Federal.

En cuanto al procedimiento es aplicable lo dispuesto por los artículos 3 al 8, 255, 256, 258, 259, 260 y demás correlativos del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal.

PRUEBAS

a) DOCUMENTAL PUBLICA.- Consistente en Título de Propiedad de fecha 20 (veinte) de febrero de 2004 (dos mil cuatro), expedido por el Departamento del Distrito Federal, Dirección General del Registro Público de la

e) CONFESIONAL.- Consistente en que los pliegos de posiciones que en su momento serán presentados para que el hoy demandado, que se hace llamar GUSTAVO CASTILLO ANGELES , comparezca, ante la presencia judicial, a absolver posiciones.

El objeto de la presente prueba será que el hoy demandado confirme los hechos alegados en el presente escrito, bajo apercibimiento de que si dejaren de comparecer sin justa causa, serán tenidos por confesos.

f) INSPECCION JUDICIAL. - Consistente en que el juzgador, o cualquiera de las personas autorizadas dentro de este H. Juzgado a su digno cargo, se constituyan en el inmueble objeto de la presente acción reivindicatoria, pudiendo observar a través de los sentidos los siguientes datos:  Verificar la plena identidad del inmueble materia de la presente litis.

 Verificar la forma en que el ocupante de dicho inmueble, hoy demandado, se encuentra ocupando efectivamente el inmueble en cuestión.

 Verificar el estado de conservación del inmueble en cuestión.

El objeto de la presente prueba será constatar plenamente la identidad del inmueble que se pretende reivindicar, así también, que a través de la ilegal posesión del inmueble por parte del hoy demandado, se esté ocasionando menoscabos, daños y alteraciones al mismo, así como afectando patrimonialmente a la propietaria del inmueble, toda vez que al no estar en posesión del mismo, no es posible disponer de sus frutos ni enajenarlo para así obtener un producto que pudiera aminorar las cargas y erogaciones cuantiosas que son necesarias para solventar los gastos por cuestión de su carencia de salud.

Por lo anteriormente expuesto, solicito atentamente a Usted C. Juez, se sirva:

PRIMERO .- Tenerme por presentada en los términos del presente escrito, con la personalidad con que me ostento demandando en juicio ordinario civil y en ejercicio de la acción reivindicatoria las prestaciones que señalo en el capítulo respectivo.

SEGUNDO.- Se admita la demandada, se ordene correr traslado al demandado decretando que se le emplace para que den contestación en el término de ley.

TERCERO.- Tener por autorizadas a las personas mencionadas y para los fines expuestos, y tener por señalado el domicilio para oír y recibir notificaciones.

CUARTO.- Se tengan por admitidas las pruebas que ofrezco.

QUINTO.- En el momento procesal oportuno se dicte sentencia definitiva que declare que la que suscribe es propietaria del inmueble de la presente controversia y en consecuencia se ordene inmediatamente la desocupación del mismo al hoy demandado.

PROTESTO LO NECESARIO México, D. F. a 18 de junio de 2018.

_________________________

NORMA ANGELICA CASILLAS RAMIREZ

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LA CIUDAD DE MÉXICO ANGELICA
VS
CASTILLO ANGELES GUSTAVO
JUICIO ORDINARIO CIVIL
ACCION REIVINDICATORIA
ESCRITO INICIAL
C. JUEZ DE LO CIVIL EN TURNO,
DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
NORMA ANGELICA CASILLAS RAMIREZ, por mi propio derecho y
señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de
notificaciones el ubicado en calle estado de guerrero No. 54,
Colonia Providencia, Delegación Gustavo A. Madero, Código Postal
07550, entre las calles estado de Morelos y estado de Veracruz,
de esta ciudad, autorizando para oír y recibir todo tipo de
notificaciones, documentos, valores, tomar apuntes, estudiar,
imponerse de los autos e intervenir en todos los actos del
juicio en términos del artículo 112 párrafo cuarto el Código de
Procedimientos Civiles vigente para el Distrito Federal a la
Licenciada en Derecho STEPHANIE ARRIAGA CASILLAS con cédula
profesional número 2887544 (dos-ocho-ocho-siete-cinco-cuatro-
cuatro)expedida por la Dirección General de Profesiones de la
Secretaría de Educación Pública.
Que en JUICIO ORDINARIO CIVIL y EN EJERCICIO DE LA ACCION
REIVINDICATORIA, el suscrito viene a demandar al señor que se
hace llamar GUSTAVO CASTILLO ANGELES quien puede ser emplazados
en el inmueble ubicado en Avenida Prolongación Instituto
Politécnico Nacional, con número exterior 90, con número de
predial 80, y referida en el contrato con número 88, Colonia San
Pedro Zacatenco, Delegación Gustavo A. Madero, Código Postal
07360, esquina con la calle de Sao Paulo, en esta ciudad, las
siguientes P R E S T A C I O N E S :
I. La declaración, en sentencia definitiva, en el sentido
de que, LA QUE SUSCRIBE ES PROPIETARIA del inmueble
ubicado en Avenida Prolongación Instituto Politécnico
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