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Gálvez Marisa R3 U2 derecho procesal civil 1
Derecho Penal (Derecho)
Universidad Virtual del Estado de Guanajuato
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UNIVERSIDAD VIRTUAL DEL ESTADO DE GUANAJAUTO
NOMBRE DE LA ALUMNA: MARISA GALVEZ BARRERA
MATRICULA: 21000991
NOMBRE DEL MODULO: DERECHO PROCESAL CIVIL I
NOMBRE DEL RETO 3: EL JUICIO ORDINARIO, SUS MEDIDAS E INCIDENCIAS
NOMBRE DEL ASESOR: DANIEL ABRAHAM FABIÁN AGUILAR
FECHA DE ELABORACIÓN: 10 DE OCTUBRE DE 2022
1. Juicio ordinario civil e incidentes: Elabora dos líneas del tiempo (una por cada sentencia) en las que identifiques las partes del juicio ordinario civil incluyendo
fechas y análisis en cada uno de los apartados.
Demanda: Mediante el escrito el día 24 veinticuatro de mayo del año 2017 dos mil diecisiete, ante la Oficialia de Partes Común Civil de éste Partido Judicialel de León, Guanajuato. C. Marisa Gálvez Barrera, promovió demandan por la vía ordinaria en contra de C. Ángel Frías Banda, sobre terminación de contrato verbal de arrendamiento. Conforme a lo dispuestos por los artículo 16, 24 y 30 fracción II del Código de Procedimientos Civiles del Estado, el tribunal es competente para conocer y decidir del presente asunto, toda vez que el inmueble arrendado se encuentra ubicado en este Partido Judicial.
Emplazamiento: Una vez radicada la demanda en virtud en forma y términos propuestos, se ordenó emplazar al demandado en el domicilio señalado para tal efecto, acto procesal que se llevara acabo mediante una deligencia paracticada el 08 ocho de junio del año en curso, misma que se llevó aprobó por encontrarse ajustada a derecho.
Contestación: Mediante el auto dictado con fecha 26 de junio del año en cita, el demandado contesto en tiempo y forma la demanda entablada en su contra, en este Tribunal de manera oficiosa, ordenó abrir el presente jucio de prueba; en tanto la partedemanda fue omisa en ofertar medio probatorio de su intención.
Término probatorio: Habiendo ofrecido la parte actora la como medios probatorios de su intención: la documental, la testimonial y la confesional por posiciones a cargo de C. Ángel Frías Banda. Con fecha 15 quince de enero del 2016 dos mil dieciséis, justifica los elementos probatorios, los contendientes, celebraron el contrato por concepto de renta mensual la cantidad de $1,600 (mil seiscientos pesos 00/ moneda nacional); en el cual debe de pagar las rentas atrasadas, el adeudo de agua potable que es de la cantidad $1,121 (mil ciento veintiún peso 00/ moneda nacional). Además de que se niega a abandonar la propiedad.
Audiencia final del juicio: Con fecha del día 03 tres de octubre del año en curso, sin asistencia de las partes, citándose a su vez a las mismas parte el sólo efecto de oir la sentencia. El pago de gastos y costas que originen con motivo del juicio que se promueve. A través de la confesión expresa que obra en autos al contestar la demanda incoada en su contra, admitió la celebración del contrato verbal de arrendamiento respeto del inmueble ubicado en el numero 17 interior D de la calle Casañadas del Bosque, de la colonia León, Centro. Por lo que tal confesión adquiere pleno valor probatorio de conformidad con lo establecido por los artículos 205, 206 y 223 del Código de Procedimientos Civiles vigente en la Entidad.
Sentencia: En León, Guanajuto con fecha 13 trece de octubre del año 2017 dos mil diecisiete, se resolvio la sentencia, por el Juez Décimo Tercero Civil de Partido la Licenciada MARTINA LEDESMA GONZALEZ, quien actúa legalmente como Secretario, Licenciado MAURO ANTONIO PADILLA MENDEZ.
Realiza un análisis comparativo entre los tres tipos de medidas (preparatorias, de aseguramiento y
precautorias) que contempla el Código de Procedimientos Civiles del estado donde resides y señala lo
siguiente: