Saltar al documento
Esto es un Documento Premium. Algunos documentos de Studocu son Premium. Conviértete en Premium para desbloquearlo.

Solicitud DE Tercero Civilmente Demandado

Formato de Solicitud de Tercero Civilmente Demandado
Asignatura

Derecho Penal (fg033)

227 Documentos
Los estudiantes compartieron 227 documentos en este curso
Año académico: 2018/2019
Subido por:
0seguidores
1Subidos
13upvotes

Comentarios

Inicia sesión (Iniciar sesión) o regístrate (Registrarse) para publicar comentarios.

Vista previa del texto

Causa Penal No.: 2006-2018-359; Of. 4ª Expediente del M. No.: 110-2018-568 JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL, NARCOACTIVIDAD Y DELITOS CONTRA EL AMBIENTE DEL DEPARTAMENTO DE ZACAPA. ----------------------JORGE ALEJANDRO MADRID RODAS, de treinta y cinco años de edad, casado, guatemalteco, caficultor, con domicilio y residencia en Finca El Quetzal del municipio de Olopa del departamento de Chiquimula, me identifico con el Documento Personal de Identificación con Código Único de Identificación tres mil cuatrocientos veinticuatro espacio cuarenta y cinco mil doscientos treinta y cuatro espacio dos mil nueve (3424 45234 2009) extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala. Con todo respeto comparezco ante este Honorable Juzgado, y para el efecto: EXPONGO: I. DE LA CALIDAD CON QUE ACTÚO: Me apersoné en calidad de hijo del señor JORGE DAVID MADRID GARCÍA, fallecido en el hecho de tránsito que origina la presente causa, tal como lo acredito con la Certificación de la Partida de Nacimiento que en original me permito acompañar al presente memorial. II. Actúo bajo la Defensa, Dirección y Procuración de la Profesional del Derecho que me auxilia, Abogada: OLGA RUBENIA ARITA SÚCHITE. III. Señalo para recibir notificaciones, citaciones y emplazamientos: La oficina jurídica del Profesional del Derecho que me auxilia, ubicada en la tercera calle cinco guión veinte, zona seis de esta ciudad de Zacapa. IV. DE LA RAZÓN DE MI GESTIÓN: El objeto del presente memorial es: a) Constituirme en QUERELLANTE ADHESIVO y ACTOR CIVIL en contra del sindicado señor: ELDER ANTONIO PEÑA MORALES b) Así mismo, llamar como TERCEROS CIVILMENTE DEMANDADOS a las presentes entidades mercantiles denominadas: “INTERDEPARTAMENTAL DE GAS SOCIEDAD ANÓNIMA” y “EMPRESA GUATEMALTECA IMPORTADORA Y EXPORTADORA DE GAS, SOCIEDAD ANÓNIMA” a través de su respectivo Representante Legal, por ser personas jurídicas (pero sujetos de derechos y obligaciones), por el delito de HOMICIDIO CULPOSO, en contra de la humanidad de mi señor padre: JORGE DAVID MADRID GARCÍA ello de conformidad con los siguientes: HECHOS: DE LOS ANTECEDENTES: A. Resulta que mi señor padre: JORGE DAVID MADRID GARCÍA el día dieciséis de julio del año en curso, en compañía del señor MARCO ANTONIO CUELLAR PAZ, se dirigían al departamento de Petén, procedente del departamento de Zacapa, precisamente conduciendo el vehículo identificado así: USO: Particular; TIPO: Pickup; MARCA: TOYOTA; LÍNEA O ESTILO: Hi Lux; MODELO: Mil novecientos noventa y ocho (1998); COLOR: Rojo oscuro, con franjas dorado y gris; COMBUSTUBLE: Diesel; PLACAS DE CIRCULACIÓN: P ochocientos setenta y nueve FDH (P879FDH) cuyos demás datos obran en autos. B. Tal como consta en la Prevención Policial que origina el presente expediente, como en el Acta de Levantamiento de Cadáver y demás declaraciones que ya obran en autos, se establece que aproximadamente en el kilómetro doscientos treinta y uno, a la Altura de la Aldea La Cueva, Jurisdicción del Municipio de Gualán del departamento de Zacapa, se produjo un hecho de tránsito en donde se vio involucrado mi señor padre, con un Cabezal que halaba en ese momento una Cisterna que contenía Gas Propano, constando además en autos, que el cabezal es propiedad de la entidad mercantil denominada “INTERDEPARTAMENTAL DE GAS, SOCIEDAD ANÓNIMA”; mientras que el Cisterna es propiedad de la entidad mercantil denominada “EMPRESA GUATEMALTECA IMPORTADORA Y EXPORTADORA DE GAS, SOCIEDAD ANÓNIMA”, por lo que tales entidades solidariamente responsables, que el piloto y sindicado señor: ELDER ANTONIO PEÑA MORALES, quien además se dio a la fuga del lugar de los hechos. C. Es el caso Honorable Juzgado, que el vehículo de mi propiedad y que conducía mi padre, fue encontrado sobre su respectivo carril, tal como consta en la Prevención Policial, además mi padre no era una persona que ingiriera bebidas alcohólicas o fermentadas y menos estupefacientes o drogas, de tal cuenta que se encontraba en plena lucidez al momento del hecho, además obra la declaración del señor MARCO ANTONIO CUELLAR PAZ persona que presenció los hechos y por tal razón le constan, de tal cuenta que además ante la irresponsabilidad del sindicado de fugarse del lugar del hecho y no prestar el mínimo auxilio, hace presumir de primera ratio la participación del sindicado y su responsabilidad, en consecuencia formalmente en calidad de Hijo del Agraviado, me constituyo formalmente en QUERELLANTE ADHESIVO y ACTOR CIVIL en contra de: ELDER ANTONIO PEÑA MORALES, por el delito de HOMICIDIO CULPOSO, en agravio de JORGE DAVID MADRID GARCÍA; y, llamo como TERCEROS CIVILMENTE DEMANDADOS a las entidades mercantiles denominadas: departamento de Chiquimula. Que se identifica con el Documento Personal de Identificación con Código Único de Identificación siete mil ochocientos noventa y cinco espacio cincuenta y ocho mil seiscientos setenta espacio dos mil ocho (7895 58670 2008) extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala; medida que promuevo en virtud de que el sindicado por su actividad económica constantemente viaja al extranjero, ausentándose del país. PRUEBAS: Para acreditar los hechos expuestos, ofrezco los siguientes medios de prueba: DOCUMENTALES: A. Fotocopia simple del Documento Personal de Identificación con Código Único de Identificación (3424 45234 2009) extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala a nombre del representado JORGE DAVID MADRID GARCÍA. B. Certificación de la Partida de Nacimiento Número: 348; Folio: 847; del Libro: 67 de Nacimientos del Registro Civil del municipio de Olopa, departamento de Chiquimula, a nombre del presentado JORGE ALEJANDRO MADRID RODAS hijo de: JORGE DAVID MADRID GARCÍA, a efecto de demostrar la calidad con que actúa el presentado. C. Fotocopia simple de la Certificación Médico-Legal, que establece la causa de Defunción del señor: JORGE DAVID MADRID GARCÍA de fecha catorce de septiembre del dos mil seis, suscrita por el Doctor: Carlos Humberto Paiz Calderón, Médico Forense Departamental. D. Fotocopia simple de la Certificación de Defunción del señor JORGE DAVID MADRID GARCÍA contenida en la Partida número: 116-16; folio: 289; del libro: 37 de Defunciones del Registro Civil del municipio y del departamento de Chiquimula, de la cual obra original en autos. E. Fotocopia simple de la Prevención Policial, con número de Acta: 802-2016, suscrita en la Sub-Estación de la Policía Nacional Civil, de la Ciudad de Gualán del departamento de Zacapa, con fecha dieciséis de julio del año dos mil dieciocho, de la cual obra original en autos. F. Fotocopia simple de la Prevención Policial, con número de Acta: 803-2016, suscrita en la sub-estación de la Policía Nacional Civil, de la Ciudad de Gualán del departamento de Zacapa, con fecha dieciséis de julio del año dos mil dieciocho, de la cual obra original en autos. G. Fotocopia simple de Declaración Testimonial del señor MARCO ANTONIO CUELLAR PAZ, faccionada con fecha 24 de julio de 2018 en la Fiscalía Municipal del Ministerio Público del municipio de Gualán del departamento de Zacapa, dentro del Expediente Número: 110-2018-568, de la cual obra original en dicho expediente, documentos que me permito acompañar al presente memorial. H. Memorial de fecha treinta de julio del año dos mil dieciocho, presentado a ese Honorable Juzgado, por el señor JULIO PAREDES GUERRA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de la entidad mercantil denominada INTERDEPARTAMENTAL DE GAS SOCIEDAD ANÓNIMA, en donde solicita la devolución del Cabezal, ampliamente identificado en autos, el cual fuera ingresado con fecha dieciocho de julio del año en curso, con los documentos acompañados en el mismo. Con el cual acredito la calidad para ser sujeto procesal la entidad llamada como TERCERO CIVILMENTE DEMANDADA. I. Memorial de fecha treinta y uno de julio del año dos mil dieciséis, presentado a ese Honorable Juzgado, por el señor JORGE SAMUEL MEJÍA ORDOÑEZ, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de la entidad mercantil denominada EMPRESA GUATEMALTECA IMPORTADORA Y EXPORTADORA DE GAS SOCIEDAD ANÓNIMA, en donde solicita la devolución del Cisterna, ampliamente identificado en autos, el cual fuera ingresado con fecha dieciocho de julio del año en curso, con los documentos acompañados en el mismo. Con el cual acredito la calidad para ser sujeto procesal la entidad llamada como TERCERO CIVILMENTE DEMANDADA. Documentos que obran en original en Autos, por lo que no se acompañan al presente memorial. J. Acta de Inspección Ocular, practicada por la Fiscalía del Ministerio Público, sobre el Cabezal y Cisterna, ampliamente identificados en autos, con el cual se acreditan las abolladuras que presentan y el lugar en dónde se encuentran, como los demás datos de reconocimiento; documentos que también obran en original en autos. K. Los documentos que obren en original dentro de las presentes actuaciones, que a través del principio de la Sana Crítica Razonada, fundamenten la certeza de un Criterio, en cuanto a la participación del sindicado y la responsabilidad solidaria de los Terceros Civilmente Demandados. PETICIÓN: DE TRÁMITE: 1. Que se acepte para su trámite la presente QUERELLA PENAL y documentos adjuntos, incorporándose a sus antecedentes los mismos. 2. Que se tome nota de que actúo bajo la Defensa, Dirección y Procuración del Profesional del Derecho que me auxilia, Abogada: OLGA RUBENIA ARITA de ley del presente memorial y documentos adjuntos. Chiquimula 23 de Octubre del 2016. En su auxilio OLGA RUBENIA ARITA SÚCHITE Abogada y Notaria En la ciudad de Chiquimula, a los veinte días del mes de agosto del año dos mil dieciocho. Como NOTARIA PÚBLICA en ejercicio, DOY FE: A) Que la firma que calza el memorial que antecede es AUTÉNTICA por haber sido escrita el día de hoy a mi presencia, de puño y letra del señor JORGE ALEJANDRO MADRID RODAS; quien se identifica con el Documento Personal de Identificación con Código Único de Identificación tres mil cuatrocientos veinticuatro espacio cuarenta y cinco mil doscientos treinta y cuatro espacio dos mil nueve (3424 45234 2009) extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala; B) Para constancia de la presente Acta, vuelve a firmar junto al Notario que autoriza. ANTE MÍ OLGA RUBENIA ARITA SÚCHITE Abogada y Notaria

¿Ha sido útil este documento?
Esto es un Documento Premium. Algunos documentos de Studocu son Premium. Conviértete en Premium para desbloquearlo.

Solicitud DE Tercero Civilmente Demandado

Asignatura: Derecho Penal (fg033)

227 Documentos
Los estudiantes compartieron 227 documentos en este curso
¿Ha sido útil este documento?

Esta es una vista previa

¿Quieres acceso completo? Hazte Premium y desbloquea todas las 7 páginas
  • Accede a todos los documentos

  • Consigue descargas ilimitadas

  • Mejora tus calificaciones

Subir

Comparte tus documentos para desbloquear

¿Ya eres premium?
Causa Penal No.: 2006-2018-359; Of. 4ª
Expediente del M.P. No.: 110-2018-568
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL, NARCOACTIVIDAD Y DELITOS
CONTRA EL AMBIENTE DEL DEPARTAMENTO DE ZACAPA. -----------------------
JORGE ALEJANDRO MADRID RODAS, de treinta y cinco años de edad, casado,
guatemalteco, caficultor, con domicilio y residencia en Finca El Quetzal del
municipio de Olopa del departamento de Chiquimula, me identifico con el
Documento Personal de Identificación con digo Único de Identificación tres mil
cuatrocientos veinticuatro espacio cuarenta y cinco mil doscientos treinta y cuatro
espacio dos mil nueve (3424 45234 2009) extendido por el Registro Nacional de
las Personas de la República de Guatemala. Con todo respeto comparezco ante
este Honorable Juzgado, y para el efecto:
EXPONGO:
I. DE LA CALIDAD CON QUE ACTÚO: Me apersoné en calidad de hijo del
señor JORGE DAVID MADRID GARCÍA, fallecido en el hecho de tránsito que
origina la presente causa, tal como lo acredito con la Certificación de la Partida de
Nacimiento que en original me permito acompañar al presente memorial.
II. Actúo bajo la Defensa, Dirección y Procuración de la Profesional del
Derecho que me auxilia, Abogada: OLGA RUBENIA ARITA SÚCHITE.
III. Señalo para recibir notificaciones, citaciones y emplazamientos: La oficina
jurídica del Profesional del Derecho que me auxilia, ubicada en la tercera calle
cinco guión veinte, zona seis de esta ciudad de Zacapa.
IV. DE LA RAZÓN DE MI GESTIÓN: El objeto del presente memorial es: a)
Constituirme en QUERELLANTE ADHESIVO y ACTOR CIVIL en contra del
sindicado señor: ELDER ANTONIO PEÑA MORALES b) Así mismo, llamar como
TERCEROS CIVILMENTE DEMANDADOS a las presentes entidades mercantiles
denominadas: INTERDEPARTAMENTAL DE GAS SOCIEDAD ANÓNIMA” y
“EMPRESA GUATEMALTECA IMPORTADORA Y EXPORTADORA DE GAS,
SOCIEDAD ANÓNIMA” a través de su respectivo Representante Legal, por ser
personas jurídicas (pero sujetos de derechos y obligaciones), por el delito de
HOMICIDIO CULPOSO, en contra de la humanidad de mi señor padre: JORGE
DAVID MADRID GARCÍA ello de conformidad con los siguientes:
HECHOS:

¿Por qué está desenfocada esta página?

Es un documento Premium. Hazte Premium para leer todo el documento.

¿Por qué está desenfocada esta página?

Es un documento Premium. Hazte Premium para leer todo el documento.