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- Alegatos DE Apertura 2

ALEJATOS DE APERTURA DEL DERECHO FISCAL.
Materia

Fundamentos de la ciencia del Derecho (030013)

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Año académico: 2017/2018
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EL ALEGATO DE APERTURA El alegato de apertura es una actividad fundamental del litigante, pues constituye la oportunidad para presentar su del caso ante el tribunal. ! Por medio del alegato de apertura los jueces por primera vez contacto con los hechos y antecedentes que fundamentan el caso de la parte.! Recordemos que en nuestro sistema la que el tribunal recibe acerca del juicio es el auto de apertura proveniente del juez de que la audiencia de de juicio oral. La del caso es un un punto de vista desde el cual mirar la prueba, en tales que si el juez la mira desde en ella lo que nosotros vemos.! El alegato de apertura es por excelencia el momento para ofrecer ese de para la de la prueba. ! No la o el peso de la misma (pues no se ha presentado), sino el desde el cual leerla. Este es el momento para comenzar a configurar la mental del juzgador hacia el caso y la prueba.! Los alegatos de apertura permiten crear en los jueces una primera acerca del caso, lo que crucial para el desarrollo del juicio. El alegato de apertura organiza la y el relato para los jueces, en un escenario en que estos van a escuchar la por primera vez, la claridad, orden, y de la y de los relatos es crucial.! Si no le ofrecemos al tribunal este punto de vista y esta hoja de ruta para el caso y la prueba, una vez estamos confiando en la fortuna:! Este momento del juicio no puede estar entregado a la mera del abogado o a sus especiales destrezas No existe un modelo y para estructurar un alegato de apertura. Ello de las del caso y de las fortalezas y debilidades que presente cada parte en el juicio. son los errores comunes en la de alegatos de apertura? Uno de los problemas tradicionales que se puede observar en nuestros alegatos de apertura es una cierta tendencia de los litigantes a sobre utilizar palabras y transformar el alegato en una suerte de Otro error es transformar el alegato en algo puramente emocional llorar a los o hacer de una tribuna para alegatos es culpa de la desperdician la oportunidad del litigante de hablarle al tribunal en el lenguaje de los hechos y de la prueba que los Otro defecto muy de es que las partes comiencen a emitir conclusiones y a argumentar acerca de la prueba en este momento inicial del juicio. Esto es tanto inadmisible desde un punto de vista normativo, como arriesgado desde el punto de vista de la A diferencia del alegato final, el alegato de apertura no es un ejercicio argumentativo.! La central que el tribunal debe considerar para decidir es la prueba presentada en juicio. En consecuencia, se debe evitar la de transformar esta etapa de en una diatriba de opiniones irrelevantes un caso es la prueba presentada en el juicio. 3. Aspectos a considerar en la de un alegato de apertura El primer elemento clave al estructurar el alegato de apertura situarnos en la cabeza de los jueces y entender que para ellos esta es la primera actividad en la que se del contenido de la causa y, particularmente, de nuestra del caso.! Una buena parte del en la en juicios orales de la capacidad que tengan los abogados de construir credibilidad para sus del caso, para las pruebas que presentan e incluso de ellos mismos como litigantes profesionales y confiables. 4. Aspectos para la de un alegato de apertura Toda vez que el alegato de apertura representa una de las actividades iniciales del juicio, lo que corresponde realizar en su desarrollo es la de los elementos del caso y, eventualmente, su con las normas aplicables, pero no extraer conclusiones de la prueba que no se ha presentado al juicio,ni menos realizar apelaciones argumentativas al proceso de razonamiento de los jueces. Consideraciones de aconsejan que es preferible entregar la de los detalles a los testigos y no desarrollarlos en los alegatos de apertura. Lo contrario puede generar que nuestro alegato sea poco atractivo para los jueces y, por consiguiente, que ellos pierdan la de los elementos centrales de la del caso y de la prueba. Desde el alegato de apertura el abogado debe intentar personalizar el no discutir solo en abstracto, sino que dar cuenta de que en el caso se juegan cuestiones muy concretas para personas reales. No se trata de crear un melodrama sobre el caso o hacer que los jueces lloren de frente a nuestras conmovedoras y teatralespalabras . La idea es darle un contenido real a las abstracciones y palabras con las que suelen formularse las acusaciones y mostrar que del caso existe un problema con protagonistas que son personas que han vivido un conflicto muy importante que los ha llevado a estas instancias. 5. Algunos componentes del alegato de apertura Los primeros momentos del alegato de apertura resultan fundamentales para fijar en la mente de los juzgadores una primera acerca de nuestra del caso. En estos momentos puede ser conveniente realizar una del caso que contenga la esencial que nos interesa sea conocida y comprendida por los jueces. Esta esencial constituida en general por la de nuestra del caso de manera clara, como los temas que este involucra. DE LOS PRINCIPALES INTERVINIENTES: La de los intervinientes resulta muy porque permite a los abogados personalizar y humanizar un conflicto que hasta ese momento los jueces solo conocen en abstracto. En la medida en que los juzgadores logren identificar a una determinada persona, se obtenido un gran avance.! ESCENA: En una cantidad importante de casos, tener una clara del lugar donde ocurrieron los hechos es clave para sustentar nuestra del caso y para tener una adecuada de ellos ocurrieron. Por lo mismo, resulta conveniente en el alegato de apertura construir una imagen del lugar en que el delito fue cometido. De nuevo, esta no debe ser asumida como una pura formalidad, sino ser puesta al servicio de la historia.! BASES PARA LA O CONDENA: EL DERECHO: Muchos alegatos de apertura incluyen un resumen de los elementos que en juego. No se trata de sacar conclusiones ni adelantar el razonamiento que los jueces realizar, sino simplemente remarcar la concurrencia de los elementos necesarios para declarar la o la condena del acusado.

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Materia: Fundamentos de la ciencia del Derecho (030013)

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EL ALEGATO DE
APERTURA
El alegato de apertura es una actividad fundamental
del litigante, pues constituye la oportunidad para
presentar su teoa del caso ante el tribunal. !
Por medio del alegato de apertura los jueces toman
por primera vez contacto con los hechos y
antecedentes que fundamentan el caso de la parte.!
Recordemos que en nuestro sistema la única
información que el tribunal recibe acerca del juicio es el
auto de apertura proveniente del juez de garantía que
dirigió la audiencia de preparación de juicio oral.