Saltar al documento

Resumen - Derecho Mercantil

Derecho Mercantil
Materia

Derecho Laboral (COFI-213)

29 Documentos
Los estudiantes compartieron 29 documentos en este curso
Año académico: 2022/2023

Comentarios

Inicia sesión (Iniciar sesión) o regístrate (Registrarse) para publicar comentarios.

Vista previa del texto

CONCEPTO DE DERECHO

  • Es un conjunto de normas sociales de acatamiento obligatorio, investidas de un carácter coercitivo, que son de acatamiento coactivo, creadas por el Estado –Poder Legislativo- para ordenar la vida en sociedad.

ASPECTOS GENERALES DE LAS NORMAS JURÍDICAS

  • Tipos:

  • De orden moral: Estas son creadas por la costumbre (de origen consuetudinario) y la cultura de los pueblos.

  • De orden eclesiástico: Establecen pautas a seguir respecto de la forma en que el ser humano debe conducirse socialmente y ante Dios.

  • De orden Jurídico: Son aquellas establecidas en el sistema jurídico de un país para regular la vida en esa sociedad.

FORMACIÓN DE LAS NORMAS JURIDICAS

Hecho-Valor-Norma

CARACTERISTICAS DE LAS NORMAS JURIDICAS

SUJETOS DE DERECHO

El Derecho conceptualiza a todos los seres humanos como sujetos de reclamar derechos y contraer obligaciones. Dependiendo de la rama del Derecho de que se trate, el Derecho toma en cuenta la edad de las personas para hacerlas responsables de sus actos o irresponsable de ellos.

Legitimación

Un sujeto está legitimado cuando es capaz de contraer obligaciones y de ejercer derechos. Por lo tanto, la edad determina la legitimación, pero existen otros factores que también la hacen independientemente de la edad. Ejemplo:

Proceso de interdicción- sujeto incapaz-Curador-salvaguarda

Sujeto menor de 18años-tutor

Coactiva De acatamientoobligatorio

Creada por la Asamblea Legislativa

De conocimiento general

Respeta el principio de legalidad No es retroactiva

Respeta un aspecto espacial pues solo rige dentro de los contornos del Estado que la creó.

Podrían tener un límite temporal pues existen normas creadas para tener vigencia en un período de tiempo específico

Sujeto con legitimación Pasiva: Se dice de ella cuando el sujeto se convierte en receptor de la acción de otro. Sujeto con Legitimación Activa: Se dice de ella cuando el sujeto se convierte en promotor de una acción. Ejemplo:

Sujeto activo Sujeto pasivo

Derecho mercantil: Demandante Demandado

Derecho tributario: MH (Estado) Contribuyente

• CLASIFICACIÓN DEL DERECHO:

Derecho Privado Derecho Público

* Principio autonomía de la libertad * Principio Legalidad (Potestad de imperio)

* Particulares * Particulares-Estado, Estado-Estado

* Hay acuerdos privados (contratos) * Ordenamiento Jurídico (normas)

* Interés de los particulares * Interés publico

h) Los agentes o corredores de aduanas.

EL COMISIONISTA ART 273 C. COMERCIO

Es importante analizar 3 aspectos de dicho art.

a) Profesionalmente: No hace referencia a ninguna profesión, o título académico, sino a la reiterada y habitual de dicha actividad. b) A nombre propio_ Asume de forma directa y responsable las consecuencias que pudiere generar el ejercicio de esta actividad.

c) Por cuenta ajena: Actúa bajo las instrucciones de un tercero, del comerciante. El comisionista tiene facultad para contratar a quien representa, firmar contratos, tomar acuerdos, hacer negocios, los compromisos que él adquiera son obligantes para el comerciare que lo contrato.

Comisionista

OBLIGACIONES

Comerciante

LOS CORREDORES JURADOS: ART 296 C. COMERCIAL

ARTÍCULO 297 C.- Para ser corredor jurado se requiere:

a) Haber cumplido veintiún años de edad;

b) Ser costarricense y haber ejercido por lo menos durante tres años el comercio en el territorio nacional;

c) Tener preparación suficiente en materias comerciales, la que será justipreciada por el Ministerio de Economía y Hacienda en el expediente respectivo;

d) Tener domicilio en la República; y

e) Ser de notoria buena conducta.

En C existen 2 tipos:

  • Corredor jurado público: Posee una licencia especial

  • Corredor jurado privado: No reconocido por el código comercio, pero los tribunales lo han aceptado como un contrato privado entre el comerciante y el corredor.

DIFERENCIAS ENTRE COMISIONISTA Y CORREDOR JURADO

COMISIONISTA

Actúa en nombre propio, acepta las consecuencias de sus actos, pero por cuenta ajena, bajo órdenes del comerciante.

CORREDOR JURADO

El corredor jurado no pacta negocios a nombre del comerciante, se los propone, es un facilitador, un negociador.

EL FACTOR: ART 314 C. COM

El factor es el auxiliar que contrata por cuenta del comerciante. Está debidamente autorizado por él a través de un poder general o generalísimo, en calidad de administrador y con su actuar obliga al comerciante o dueño del negocio.

Sin embargo, el legislador también previó el supuesto en el cual una persona pudiera actuar como factor careciendo de poder general o generalísimo ART 315. C. COM

Eje: Persona que se le otorga un poder para representar al comitente en una gestión

LOS PORTEADORES: ART 323 C. COMER

Por el contrato de transporte el cual puede ser oral o por escrito y previo, el porteador se obliga a transportar cosas o noticias de un lugar a otro a cambio de un precio.

Diferencias con la figura del taxista

  • El porteador entrega de puerta a puerta previo contrato, el taxista no.

  • El porteador admite noticias o cosas, el taxi es para transportar únicamente personas.

  • La actividad del porteador es de común acuerdo entre las partes y de igual forma su valor, en cambio el taxi ya tiene una tarifa establecida por el Estado.

. EL AGENTE VIAJERO ART 349 C

c) Tener experiencia mínima de 2 años en materia aduanera

d) Rendir caución ante el fisco

e) Estar registrado en el auxilia de la autoridad aduanera.

SOCIEDADES COMERCIALES

ELEMENTOS DE UNA SOCIEDAD

 Personal  Formal  Patrimonial

TIPO DE SOCIEDADES

 SOCIEDAD EN NOMBRE COLECTIVO  SOCIEDAD EN COMANDITA  SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA  SOCIEDAD ANÓNIMA

SOCIEDAD EN NOMBRE COLECTIVO

ART 33 AL 56 C

Los socios responden de forma solidaria

La responsabilidad es ilimitada

Predominan los lazos familiares

Razón Social constituida por nombre de algún socio o todos y se le adiciona “y compañía”

Es rígida: Todo acuerdo deberá hacerse por unanimidad de votos.

SOCIEDAD EN COMANDITA

Simple

SE DIVIDE EN 2:

Acciones

Se caracteriza por tener dos socios:

  • Socios comanditarios: -Aportan solamente capital o bienes. -No asumen responsabilidad frente a terceros -No participan en la dirección interna de la empresa.
  • Socios comanditados o gestores: Aportan capital industrial o trabajo, administran y representan la sociedad. - Ostentaran la representación-La responsabilidad es ilimitada

SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Está constituida por cuotas nominativas

Tiene reglas más rígidas: Ya que el traspaso solo puede darse con el consentimiento expreso de todos los socios, salvo pacto constitutivo. (cesión)

Tiene gerentes

La máxima autoridad es la junta de socios

Cuando hay cambios por aumento de capital, régimen de responsabilidades o cambio de objeto los acuerdos deben ser unánimes

ÓRGANOS DE LA SOCIEDAD ANÓNIMA

  1. La Asamblea General: Órgano de mayor jerarquía y poder de decisión.

Estás pueden ser: *Ordinarias

  • Extraordinarias

  • Especiales

  • Generales

  1. La Junta Directiva: Integrada por un mínimo de 3 miembros. Ellos designan los representantes, emiten estatutos.

  2. Vigilancia o Fiscalía: Son electos por la asamblea

¿Ha sido útil este documento?

Resumen - Derecho Mercantil

Materia: Derecho Laboral (COFI-213)

29 Documentos
Los estudiantes compartieron 29 documentos en este curso
¿Ha sido útil este documento?
CONCEPTO DE DERECHO
Es un conjunto de normas sociales de acatamiento obligatorio,
investidas de un carácter coercitivo, que son de acatamiento coactivo,
creadas por el Estado –Poder Legislativo- para ordenar la vida en
sociedad.
ASPECTOS GENERALES DE
LAS NORMAS JURÍDICAS
Tipos:
De orden moral: Estas son creadas por la costumbre (de origen
consuetudinario) y la cultura de los pueblos.
De orden eclesiástico: Establecen pautas a seguir respecto de la forma
en que el ser humano debe conducirse socialmente y ante Dios.
De orden Jurídico: Son aquellas establecidas en el sistema jurídico de
un país para regular la vida en esa sociedad.
FORMACIÓN DE LAS NORMAS JURIDICAS
Hecho-Valor-Norma
CARACTERISTICAS DE LAS NORMAS JURIDICAS
SUJETOS DE DERECHO
El Derecho conceptualiza a todos los seres humanos como sujetos de reclamar
derechos y contraer obligaciones. Dependiendo de la rama del Derecho de que
se trate, el Derecho toma en cuenta la edad de las personas para hacerlas
responsables de sus actos o irresponsable de ellos.
Legitimación
Un sujeto está legitimado cuando es capaz de contraer obligaciones y de
ejercer derechos. Por lo tanto, la edad determina la legitimación, pero existen
otros factores que también la hacen independientemente de la edad. Ejemplo:
Proceso de interdicción- sujeto incapaz-Curador-salvaguarda
Sujeto menor de 18años-tutor
Coactiva De acatamiento
obligatorio
Creada por la
Asamblea
Legislativa
De conocimiento
general
Respeta el principio
de legalidad No es retroactiva
Respeta un aspecto
espacial pues solo
rige dentro de los
contornos del
Estado que la creó.
Podrían tener un
límite temporal pues
existen normas
creadas para tener
vigencia en un
período de tiempo
específico