Saltar al documento

Cuadro Comparativo Sistema Inquisitivo Y Acusatorio

Cuadro Comparativo
Materia

Derecho Penal I (DPE-1011)

293 Documentos
Los estudiantes compartieron 293 documentos en este curso
Año académico: 2022/2023
Subido por:
Estudiante anónimo
Este documento ha sido subido por otro estudiante como tú quien decidió hacerlo de forma anónima
Universidad Tecnológica de Honduras

Comentarios

Inicia sesión (Iniciar sesión) o regístrate (Registrarse) para publicar comentarios.

Vista previa del texto

SISTEMA INQUISITIVO SISTEMA ACUSATORIO

La legislación diferenciaba delitos graves y no graves; los primeros no alcanzaban el beneficio de la libertad provisional bajo caución, por ende, el procesado enfrentaba el proceso privado de la libertad.

Se incorporan medidas de protección, precautorias y cautelares que buscan la protección de víctimas, ofendidos y testigos; no implican necesariamente la privación de la libertad del imputado. El arraigo era utilizado como una herramienta discrecional por el ministerio público, lo que generaba abusos de autoridad

El arraigo se limitará estrictamente a la delincuencia organizada y se limitará a 40 días prorrogables a 80 si el Juez así lo considera El desahogo de las pruebas se programa en diversas audiencias generándose juicios largos y tardíos

Las pruebas se deben desahogar en una misma audiencia en la que el Juez tiene contacto directo con las partes y explicará la valoración de las pruebas de manera oral, de acuerdo a los principios de publicidad inmediatez y concentración. El ministerio público tiene la tarea de integrar averiguaciones previas con formalismos, en contra de probables responsables de la comisión de un delito, lo que genera tardanza y rezago en las investigaciones

El ministerio público integra carpetas de investigación des formalizadas en contra de imputados, lo que le permite agilizar tiempos para coordinarse con policías y peritos, buscar y analizar los medios de prueba bajo una investigación científica. La etapa de averiguación previa, a cargo del ministerio público, abarca las actuaciones practicadas por el ministerio público con motivo de la existencia de un delito y termina con la resolución en que se decide ejercitar la acción pena

La etapa de Investigación se divide en dos fases, la primera fase investigación des formalizada a cargo del ministerio público, e inicia desde que tiene conocimiento de los hechos presumiblemente delictivos hasta antes que formule la imputación La etapa de averiguación judicial, a cargo el juez y comprende las actuaciones practicadas por orden del juez.

La segunda fase investigación complementaria o formalizada a cargo del ministerio público con la finalidad de que refuerce sus elementos de convicción La victima Coadyuva con el Ministerio Público por si, por abogado o persona digna de su confianza debidamente autorizada.

La victima u ofendido participará en el proceso desde la investigación hasta la sentencia, asimismo conocerá y participará en los medios de prueba que presente el ministerio público como parte de la investigación. En el sistema inquisitivo los procesos y juicios penales son burocráticos y lentos, escritos en expedientes interminables y solo el que tiene interés jurídico accede al expediente.

En el sistema acusatorio las audiencias serán públicas, con presencia del juez y de las partes que intervienen en el procedimiento.

Las audiencias se pueden diferir por diversas causas.

Solo de manera excepcional, una audiencia ya iniciada se suspende o difiere. La confesión ante el ministerio público alcanza valor probatorio pleno; siendo suficiente que lo haga ante su presencia y que se trate de hechos propios

El imputado ya no declarará ante el ministerio público, ahora será ante el juez de control y en presencia del defensor, teniendo acceso a una defensa técnica y de calidad

¿Ha sido útil este documento?

Cuadro Comparativo Sistema Inquisitivo Y Acusatorio

Materia: Derecho Penal I (DPE-1011)

293 Documentos
Los estudiantes compartieron 293 documentos en este curso
¿Ha sido útil este documento?
SISTEMA INQUISITIVO SISTEMA ACUSATORIO
La legislación diferenciaba delitos
graves y no graves; los primeros no
alcanzaban el beneficio de la libertad
provisional bajo caución, por ende, el
procesado enfrentaba el proceso
privado de la libertad.
Se incorporan medidas de
protección, precautorias y cautelares
que buscan la protección de víctimas,
ofendidos y testigos; no implican
necesariamente la privación de la
libertad del imputado.
El arraigo era utilizado como una
herramienta discrecional por el
ministerio público, lo que generaba
abusos de autoridad
El arraigo se limitará estrictamente a
la delincuencia organizada y se
limitará a 40 días prorrogables a 80 si
el Juez así lo considera
El desahogo de las pruebas se
programa en diversas audiencias
generándose juicios largos y tardíos
Las pruebas se deben desahogar en
una misma audiencia en la que el
Juez tiene contacto directo con las
partes y explicará la valoración de las
pruebas de manera oral, de acuerdo
a los principios de publicidad
inmediatez y concentración.
El ministerio público tiene la tarea de
integrar averiguaciones previas con
formalismos, en contra de probables
responsables de la comisión de un
delito, lo que genera tardanza y
rezago en las investigaciones
El ministerio público integra carpetas
de investigación des formalizadas en
contra de imputados, lo que le
permite agilizar tiempos para
coordinarse con policías y peritos,
buscar y analizar los medios de
prueba bajo una investigación
científica.
La etapa de averiguación previa, a
cargo del ministerio público, abarca
las actuaciones practicadas por el
ministerio público con motivo de la
existencia de un delito y termina con
la resolución en que se decide
ejercitar la acción pena
La etapa de Investigación se divide
en dos fases, la primera fase
investigación des formalizada a cargo
del ministerio público, e inicia desde
que tiene conocimiento de los hechos
presumiblemente delictivos hasta
antes que formule la imputación
La etapa de averiguación judicial, a
cargo el juez y comprende las
actuaciones practicadas por orden
del juez.
La segunda fase investigación
complementaria o formalizada a
cargo del ministerio público con la
finalidad de que refuerce sus
elementos de convicción
La victima Coadyuva con el Ministerio
Público por si, por abogado o
persona digna de su confianza
debidamente autorizada.
La victima u ofendido participará en
el proceso desde la investigación
hasta la sentencia, asimismo
conocerá y participará en los medios
de prueba que presente el ministerio
público como parte de la
investigación.
En el sistema inquisitivo los procesos
y juicios penales son burocráticos y
lentos, escritos en expedientes
interminables y solo el que tiene
interés jurídico accede al expediente.
En el sistema acusatorio las
audiencias serán públicas, con
presencia del juez y de las partes que
intervienen en el procedimiento.