- Información
- Chat IA
¿Ha sido útil este documento?
Casos de Infracción y Régimen de Gradualidad
Asignatura: Derecho tributario (2222t356)
71 Documentos
Los estudiantes compartieron 71 documentos en este curso
Universidad: Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote
¿Ha sido útil este documento?
INSTITUTO DE EDUCACION SUPERIOR TECNOLOGICA
“JULIO CESAR TELLO”
VILLA EL SALVADOR
C.P.C. ROSA MARIA DURAN ANGEL
CASOS DE INFRACCIÓN Y RÉGIMEN DE GRADUALIDAD
1.
La empresa ABC S.A. acogido al Régimen General ha sido fiscalizado por la SUNAT y le
detecta que no lleva el Registro de Activos Fijos. La Administración Tributaria le otorga un
plazo de 3 días hábiles para subsanar la infracción.
El contribuyente cumple con subsanar la infracción dentro del plazo otorgado y además
paga la multa respectiva.
La comunicación es recepcionada por el contribuyente el día 18/08/2015 y la subsanación y
pago de la multa lo realizó el 20/08/2015.
Tomar en cuenta que, adicionalmente, la empresa ABC S.A. por haber legalizado
tardíamente el libro de Registro de Activos fijos, ha incurrido en la infracción de llevar con
atraso mayor al permitido los libros y/o registros.
Los ingresos netos del ejercicio anterior son los siguientes:
Se pide: Determinar la infracción, el régimen de gradualidad aplicable, el importe de la
multa y los intereses moratorios respectivos.
2. La empresa “ESMERALDA” S.A.C. contribuyente del Régimen General del Impuesto a la
Renta, ha considerado en su Registro de Ventas, ingresos por un volumen de S/. 500,000
ocultando el valor real de ventas, el cual equivale a S/. 700,000 (ventas efectuadas en el
Periodo Setiembre 2014). En ese sentido, durante una fiscalización realizada en el 2015, el
auditor de la SUNAT se percató del mencionado hecho, procediendo a otorgarle un plazo
de cinco (5) días hábiles para que subsane tal omisión. ¿A cuánto ascendería la multa por la
omisión detectada? teniendo en cuenta que desea subsanar y pagar dentro del plazo
otorgado por el auditor de la SUNAT y ¿cuál sería la gradualidad correspondiente?. Como
dato adicional nos indica que durante el ejercicio 2014, ha obtenido un IN de S/. 760,000.
3. Un contribuyente del Nuevo RUS, en la oportunidad del vencimiento de la cuota del mes de
abril de 2015, consideró y pagó un monto de cuota de S/. 20. Sin embargo, debido al
verdadero nivel de ventas que realizó, debió haber pagado la cuota de la categoría 2 (S/.50)
Determinar la infracción en la que incurre, la multa respectiva y el régimen de gradualidad
si la hubiera.
4. El Contador de la empresa “MANIZALES” S.R.L. nos comenta que por un error del
departamento que dirige, no se ha efectuado la retención del Impuesto a la Renta de
Quinta Categoría del mes de Agosto de 2015 a su trabajador Sr. Luís García, por un importe
de S/.550. Determinar la infracción en la que incurre, la multa respectiva y el régimen de
gradualidad si la hubiera.
Ventas Netas o ingresos por servicios S/.
600,000
Ingresos Financieros Gravados S/.
4,200
Otros Ingresos Gravados S/.
0
Otros Ingresos No Gravados S/.
25,000
Enajenación de valores o bienes de activo fijo S/.
0
TOTAL INGRESOS
S/.
629,200