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Auto admisorio y de inadmisibilidad de la demanda de alimentos
Asignatura: Derecho Procesal Civil
151 Documentos
Los estudiantes compartieron 151 documentos en este curso
Universidad: Universidad Nacional San Luis Gonzaga
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2º JUZGADO DE PAZ LETRADO DE ICA – SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE : 00194-2019-0-2904-JP-FC-02
MATERIA : ALIMENTOS
JUEZ : DRA. JULIA ANDREA GEROMA RAMOS
ESPECIALISTA : STEPHANIE MILENE MARTINEZ LOZA
DEMANDADO : JACKELINE SORAYA GUTIÉRREZ RAMOS
DEMANDANTE : JUAN DAVID CAJO BENAVIDES
Resolución Nº 02
Ica, Diecinueve De Marzo
Del Dos Mil Diecinueve.-
AUTOS Y VISTOS: dado cuenta con la
demanda de alimentos con sus anexos que se acompañan; I
CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que, recurre por ante esta judicatura don
Juan David Cajo Benavides, solicitando alimentos para sí mismo; acción que
la dirige contra Jackeline Soraya Gutiérrez Ramos, por los fundamentos que
expone.- SEGUNDO: Que, la demanda reúne los requisitos de admisibilidad y
procedencia, requerida por toda solicitud alimenticia, exigidos en los artículos
130º, 424º y 425º del Código Procesal Civil, asimismo, no se encuentra
incursa dentro de las causales generales de inadmisibilidad e improcedencia
los artículos 426º y 427º de Código Procesal Civil respectivamente,
concurriendo por tanto los presupuestos procesales (capacidad procesal de las
partes, competencia del juzgado, y requisitos de la demanda) y las
condiciones de la acción (legitimidad e interés para obrar), exigidos por los
preceptos glosados.- TERCERO : Que, el petitorio de la demanda es claro y
preciso advirtiéndose en esta que, se pretende el cobro de una pensión
alimenticia a favor del demandante, debiendo tramitarse la misma en la vía
del proceso sumarísimo, siendo este juzgado competente para su
conocimiento, de conformidad con el segundo párrafo del artículo 547 del
Código Procesal Civil.- Por estas consideraciones expuestas y normas
glosadas, se resuelve: ADMÍTASE a trámite la DEMANDA de alimentos
interpuesta por JUAN DAVID CAJO BENAVIDES en contra de JACKELINE
SORAYA GUTIÉRREZ RAMOS ; DISPONGO que se tramite la presente, por
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