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Zonificación
planeamiento y urbanismo (pyu)
Universidad Privada Antenor Orrego
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TÍTULO III
ZONIFICACIÓN
CAPÍTULO 1: ZONIFICACIÓN
Artículo 1. Definiciones
Zonificación: La zonificación es el instrumento técnico de gestión urbana que contiene el conjunto
de normas técnicas urbanísticas para la regulación del uso y la ocupación del suelo del ámbito de
intervención de los PDM, PDU y EU, en función a los objetivos de desarrollo sostenible y a la
capacidad de soporte del suelo, para localizar actividades con fines sociales y económicos, como
vivienda, recreación, protección y equipamiento; así como la producción industrial, comercio,
transportes y comunicaciones.
Objeto de la Zonificación: La zonificación regula el ejercicio del derecho de propiedad predial
respecto del uso y ocupación que se le puede dar al mismo. Se concreta en planos de Zonificación
Urbana, Reglamento de Zonificación (parámetros urbanísticos y arquitectónicos para cada zona); y
el Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas. Ninguna norma puede establecer
restricciones al uso de suelo no consideradas en la zonificación.
Plano de Zonificación: Es el documento gráfico que forma parte del Plan de Desarrollo
Metropolitano, en el que se muestran los diferentes usos asignados al suelo urbano. Su parte
escrita, normativa y legal está constituida por el Reglamento de Zonificación.
Reglamento de Zonificación: Establece las características de los usos permisibles en cada una de
las zonas señaladas en el plano de zonificación y especifica sustancialmente las densidades
poblacionales, los coeficientes de edificación, las características del lote, los porcentajes de área
libre y la altura de edificación.
Artículo 2. Disposiciones generales
Las disposiciones desarrolladas en el presente Reglamento constituyen el instrumento técnico-
normativo y legal para la ordenación integral del territorio urbano de la ciudad de Arequipa y
como tal regula y define el régimen jurídico, administrativo y urbanístico del suelo y las
edificaciones, para la aplicación de las propuestas de Zonificación Urbana del Plan de Desarrollo
Metropolitano de la ciudad de Arequipa.
Artículo 3. Zonificación Urbana
Con fines de regular el ejercicio del derecho de propiedad predial respecto al uso y ocupación del
suelo en el ámbito de intervención del Plan de Desarrollo Metropolitano, en función a los
objetivos de desarrollo y a la capacidad de soporte del suelo, la Municipalidad Provincial de
Arequipa establece una Zonificación Urbana como la norma técnica en la que se localizan
actividades con fines sociales y económicos como vivienda, recreación, protección y
equipamiento, industria, comercio, transportes y comunicaciones. Esta se aplicará de acuerdo al
Plano de Zonificación Urbana, al Cuadro de Compatibilidades y a lo especificado en el presente
Reglamento.
3 Zonificación Residencial (R)
Son áreas urbanas destinadas predominantemente al uso de vivienda, pudiendo tolerar además
otros usos compatibles. Los planos de zonificación del PDM consignan:
Zona de Densidad Baja (RDB): Es el uso identificado con las viviendas o residencias
tratadas en forma individual que permiten la obtención de baja concentración poblacional
a través de viviendas unifamiliares.
Zona de Densidad Media (RDM-1 y RDM-2): Es el uso identificado con las viviendas o
residencias tratadas individualmente o en conjunto que permiten la obtención de una
concentración poblacional media, a través de unidades de viviendas unifamiliares y
multifamiliares.
Zona de Densidad Alta (RDA 1 y RDA-2): Es el uso identificado con las viviendas o
residencias tratadas en conjunto que permitan la obtención de una alta concentración
poblacional.
Vivienda Taller (I1R): Es la zona destinada a vivienda compatible con Industria elemental.
ZONA RESIDENCIAL DENSIDAD BAJA RDB
Unifamiliar Densidad Neta Hasta 165 hab/ha
Lote mínimo 300 .00 m
Frente mínimo 12 ml
Altura de edificación 2 pisos
Coeficiente de edificación 1.
Área libre 40 %
Retiros Según normatividad de retiros
Alineamiento de fachada Según normas de la Municipalidad Distrital correspondiente
Espacios de Estacionamiento 1 c/vivienda
Usos Compatibles CV, ZR
ZONA RESIDENCIAL DENSIDAD MEDIA RDM-
Unifamiliar Densidad Neta De 166 a 900 hab/ha
Lote mínimo 90 .00 m
Frente mínimo 8 ml
Altura de edificación 3 pisos
Coeficiente de edificación 2.
Área libre 30 %
Retiros Según normatividad de retiros
Alineamiento de fachada Según normas de la Municipalidad Distrital correspondiente
Espacios de Estacionamiento 1 c/2 viviendas
Multifamiliar Densidad Neta 166 a 1300 hab/ha
Lote mínimo 15 0 m
Frente mínimo 8 ml
Altura de edificación 4 pisos
Coeficiente de edificación 2.
Área libre 35 %
Retiros Según normatividad de retiros
ZONA RESIDENCIAL DENSIDAD ALTA RDA-
Multifamiliar* Densidad Neta De 2251 a 2800 hab/ha
Lote mínimo 600 m
Frente mínimo 15 ml
Altura de edificación 10 pisos ó 1(a+r)
Coeficiente de edificación 6.
Área libre 55 %
55% + 5% por c/piso adicional
Retiros Según normatividad de retiros
Alineamiento de fachada Según normas de la Municipalidad Distrital correspondiente
Espacios de Estacionamiento 1 c/2 viviendas
Conjunto Residencial Densidad Neta 2251 a 2800 hab/ha
Lote mínimo 1000 .00 m
Frente mínimo
Altura de edificación 12 pisos ó 1(a+r)
Coeficiente de edificación 6.
Área libre 60 %
60% + 5% por c/ piso adicional
Retiros Según normatividad de retiros
Alineamiento de fachada Según normas de la Municipalidad Distrital correspondiente
Espacios de Estacionamiento 1 c/2 viviendas
Usos Compatibles CZ, CM, E-1, H1, H2, ZR
ZONA VIVIVENDA TALLER I1R
Unifamiliar Densidad Neta Hasta 9 00 hab/ha
Lote mínimo 15 0 m
Frente mínimo 8 ml
Altura de edificación 4 pisos
Coeficiente de edificación 2.
Área libre 30%
Retiros Según normatividad de retiros
Alineamiento de fachada Según normas de la Municipalidad Distrital correspondiente
Espacios de Estacionamiento 1 c/3 viviendas
Usos Compatibles RDB, I1R, CV, CS, I-
CUADRO RESUMEN ZONIFICACIÓN RESIDENCIAL
ZONIFICACIÓN USOS
DENSIDAD
NETA
LOTE
MÍNIMO
FRENTE
MÍNIMO
ALTURA DE
EDIFICACIÓN
ÁREA
LIBRE**
COEFICIENTE
DE
EDIFICACIÓN
ESPACIOS DE
ESTACIONA-
MIENTO
RESIDENCIAL
DENSIDAD BAJA
RBD
UNIFAMILIA
R
HASTA 165
HAB/HA
300 m 12 ml 2 PISOS 40% 1 1 c/viv
RESIDENCIAL
DENSIDAD
MEDIA
RDM-
UNIFAMILIA
R
DE 166 A 900
HAB/HA
90 m2 8 ml 3 PISOS 30% 2 1 c/viv
MULTIFAMI LIAR
DE 166 A
1300
HAB/HA
150 m2 8 ml 4 PISOS 35 % 2 1 c/2 viv
RESIDENCIAL
DENSIDAD
MEDIA
RDM-
MULTIFAMI
LIAR
DE 901 A
1400
HAB/HA
150 m2 8 ml 5 PISOS 35 % 3 1 c/2 viv
MULTIFAMI
LIAR (*)
DE 901 A
1400
HAB/HA
180 m2 8 ml 6 PISOS 40 % 4 1 c/2 viv
RESIDENCIAL MULTIFAMI DE 1401 A 240 m2 15 ml 6 PISOS 45 % 4 1 c/2 viv
DENSIDAD ALTA
RDA-
LIAR 2250
HAB/HA 1 (a+r)
45% + 5%
por c/piso adicional***
MULTIFAMI
LIAR (*)
DE 1401 A
2250
HAB/HA
300 m2 15 ml
7 PISOS 50%
3 1 c/2 viv 1 (a+r)
50 % + 5%
por c/piso adicional***
RESIDENCIAL
DENSIDAD ALTA
RDA-
MULTIFAMI
LIAR
DE 2251 A
2800
HAB/HA
600 m2 15 ml
10 PISOS
55 %
6 1 c/2 viv 1 (a+r)
55% + 5%
por c/piso adicional***
CONJUNTO
RESIDENCIAL
DE 2251 A
2800
HAB/HA
1000 m2 s. d.
12 PISOS 60 %
6 1 c/2 viv 1 (a+r)
60 % + 5%
por c/ piso adicional*** VIVIENDA TALLER I1R
UNIFAMILIA
R
HASTA 900
HAB/HA
150 m2 8 ml 4 PISOS 30% 2 1 c/3 viv ( * ) Con frente a vías mayores de 18 ml. de sección y/o frente a parques ( ) Se destinará como mínimo el 50% de Área Libre al uso exclusivo de espacios ocupados por árboles, arbustos o plantas, en donde se pueden dar los usos de esparcimiento y recreación. (*) Hasta un máximo de 70% Notas. 1 (a+r) 1 veces el ancho de la vía más la suma de los retiros municipales establecidos para ambos lados de la vía, salvo que el plan urbano precise alturas mayores ( 1 ) en las áreas urbanas consolidadas se considerará como lote normativo a los existentes ( 2 ) no se incluirá en el cálculo para coeficiente de edificación las áreas que correspondan a estacionamientos, áreas de circulación de uso común, casa de máquinas, ni aquellas ubicadas en sótanos ( 3 ) en la zona de alta densidad RDA-1 se permitirá el desarrollo de proyectos de viviendas unifamiliares con construcción simultánea
3 Zonificación Comercial
Son las áreas urbanas destinadas fundamentalmente a la ubicación y funcionamiento de
establecimientos de compra-venta de productos y servicios. Los planos de zonificación del PDM
consignan:
Zona de Comercio Especializado (CE): Toda actividad comercial-industrial que no pueda
considerarse molesta o peligrosa por sus propias características ya sean de volumen.
dispositivos de seguridad probadamente efectivos, etc.
Zona de Comercio Vecinal (CV): Es el tipo de comercio destinado a ofrecer bienes de
consumo diario especialmente alimentos y artículos o servicios de primera necesidad.
Zona de Comercio Sectorial (CS): Es el tipo de comercio que se dan en la periferia de las
Zonas Comerciales Zonales, pero a una escala menor en cuanto a volumen de ventas y
radio de servicio.
Zona de Comercio Zonal (CZ): Es el tipo de comercio que se da en forma nucleada (en los
puntos de intersecciones de vías importantes) o lineal (a lo largo de vías principales). La
característica fundamental de este tipo de comercio está dada por el grado de
especialización comercial en función de las áreas a las que sirve: áreas residenciales y
áreas industriales.
Zona de Comercio Industrial (CIn): Es toda actividad comercial directamente vinculada con
la industria o que requiere servicio permanente o frecuente de vehículos pesados de
transporte de cara y provoque ruidos o vibraciones. Es una actividad de venta de equipo
industrial y no de reparación.
- No son molestas, ni peligrosas
Zonas de Industria Liviana (I2): Zona destinada para establecimientos industriales que
tienen las características siguientes:
- Orientación al área del mercado local y a la infraestructura vial urbana
- Posee contacto con el área central
- Venta al por mayor
- Dimensión económica media
- No son molestos, ni peligrosos
Zonas de Gran Industria (I3): Zonas destinadas para establecimientos industriales que
tiene las características siguientes:
- Conforman concentraciones industriales, con utilización de gran volumen de
materia prima
- Orientación hacia la infraestructura vial regional (carreteras, ferrocarriles)
- Producción de gran escala
- Las áreas periféricas satisfacen mejor sus necesidades
- Las economías externas, su complementariedad y relaciones inter-industriales
favorecen su concentración
- Son molestas y/o con cierto grado de peligrosidad
Zonas de Gran Industria Pesada (I4): Es la zona destinada para establecimientos
industriales que producen insumos para las industrias de apoyo y de otras industrias.
Sus características son:
- Industrias de proceso básico en gran escala
- De gran dimensión económica
- Orientadas hacia la infraestructura regional y grandes mercados
- Son molestas y peligrosas (producen ruidos o vibraciones o provocan humos,
vapores, gases, malos olores, etc. también aquellas industrias que usan
materiales altamente inflamables o detonantes)
CUADRO RESUMEN ZONIFICACIÓN INDUSTRIAL
ZONIFICACIÓN ACTIVIDAD
LOTE
MÍNIMO
FRENTE
MIÍNIMO
ALTURA
EDIFICA-
CIÓN
COEFICIENTE
EDIFICACIÓN
ÁREA LIBRE
USO
PERMITIDO
INDUSTRIA ELEMENTAL
I-
NO MOLESTA
NO PELIGROSA
300 m2 10 ml SEGÚN PROYECTO
INDUSTRIA LIVIANA I-
NO MOLESTA
NO PELIGROSA
1,000 m2 20 ml SEGÚN PROYECTO I1 (hasta 20%)
GRAN INDUSTRIA I-
MOLESTA CON
CIERTO GRADO
DE
PELIGROSIDAD
2,500 m2 30 ml SEGÚN PROYECTO
I2 (hasta 20%) I1 (hasta 10%) GRAN INDUSTRIA PESADA * I-
MOLESTA Y
PELIGROSA
SEGÚN
NECESIDAD
SEGÚN
PROYECTO
SEGÚN PROYECTO
(*) Fuera del Área de Expansión Urbana
3 Servicios Públicos Complementarios
Son áreas urbanas destinadas a la habilitación y funcionamiento de instalaciones destinadas a
Educación (E) y Salud (H).
Para Educación, los planos de zonificación del PDM consignan: Educación Básica (E1),
Educación Superior Tecnológica (E2), Educación Superior Universitaria (E3) y Educación
Superior Post Grado (E4).
Para Salud, los planos de zonificación del PDM consignan: Posta Médica (H1), Centro de
Salud (H2), Hospital General (H3) y Hospital Especializado (H4)
CUADRO RESUMEN USOS ESPECIALES - EDUCACIÓN
ZONIFICACIÓN
NIVEL DE
SERVICIO
(hab)
LOTE
MÍNIMO
FRENTE
MIÍNIMO
ALTURA
EDIFICA
CIÓN
COEFICIENTE
EDIFICACIÓ
N
ÁREA
LIBRE
ESPACIOS DE
ESTACIONA-
MIENTO
EDUCACIÓN BÁSICA E-
INICIAL HASTA
7,
E1 HASTA
30,
SE REGIRÁN POR LOS PARÁMETROS CORRESPONDIENTES A LA
ZONIFICACIÓN COMERCIAL O RESIDENCIAL PREDOMINANTE EN SU
ENTORNO
1 c/20 alumnos
- 1 c/ trabajadores docentes y administrativos, ubicados dentro del predio* 1 de los cuales como mínimo deberá ser para personas con movilidad reducida
EDUCACIÓN
TECNOLÓGICA E-
HASTA 50,
SE REGIRÁN POR LOS PARÁMETROS CORRESPONDIENTES A LA
ZONIFICACIÓN COMERCIAL O RESIDENCIAL PREDOMINANTE EN SU
ENTORNO
EDUCACIÓN SUPERIOR
UNIVERSITARIA E-
MÁS DE 50,000 SE REGIRÁN POR LOS PARÁMETROS CORRESPONDIENTES A LA
ZONIFICACIÓN COMERCIAL O RESIDENCIAL PREDOMINANTE EN SU
ENTORNO
(*) Los estacionamientos deberán ser considerados dentro del predio y fuera del área libre propuesta
CUADRO RESUMEN USOS ESPECIALES - SALUD
ZONIFICACIÓN
NIVEL DE
SERVICIO
(hab)
LOTE
MÍNIMO
FRENTE
MIÍNIMO
ALTURA
EDIFICA
CIÓN
COEFICIENTE
EDIFICACIÓ
N
ÁREA LIBRE
USO
PERMITIDO
POSTA MÉDICA H-1 2000 A 7,
SE REGIRÁN POR LOS PARÁMETROS CORRESPONDIENTES A LA ZONIFICACIÓN
COMERCIAL O RESIDENCIAL PREDOMINANTE
CENTRO DE SALUD H-
20,000 A
50,
SE REGIRÁN POR LOS PARÁMETROS CORRESPONDIENTES A LA ZONIFICACIÓN
COMERCIAL O RESIDENCIAL PREDOMINANTE
HOSPITAL GENERAL H-
30,000 A
125,
SE REGIRÁN POR LOS PARÁMETROS CORRESPONDIENTES A LA ZONIFICACIÓN
COMERCIAL O RESIDENCIAL PREDOMINANTE
HOSPITAL
ESPECIALIZADO H-
125,OOO
SE REGIRÁN POR LOS PARÁMETROS CORRESPONDIENTES A LA ZONIFICACIÓN
COMERCIAL O RESIDENCIAL PREDOMINANTE
3 Usos Especiales (OU)
Son áreas urbanas destinadas fundamentalmente a la habilitación y funcionamiento de
instalaciones de usos especiales no clasificados anteriormente. Se distinguen dos tipos:
Usos Especiales tipo 1 (OU1), que incluyen las siguientes instalaciones:
Centros Cívicos; dependencias administrativas del Estado; culturales; establecimientos
institucionales representativos del sector privado, nacional o extranjero; establecimientos
religiosos, asilos, orfelinatos.
Usos Especiales tipo 2 (OU2), que incluyen las siguientes instalaciones:
Terminales terrestres, ferroviarios, aéreos; grandes complejos deportivos y de espectáculos,
estadios, coliseos, zoológicos; Servicios Públicos como instalaciones de producción y
almacenamiento de energía eléctrica, gas, telefonía, comunicaciones, agua potable y de
tratamiento sanitario de aguas servidas; establecimientos de seguridad y de las fuerzas armadas.
Zona de Reglamentación Especial para Desarrollo y/o Renovación Urbana (ZRE-RU),
zonas que por su tamaño, ubicación y propiedad del Estado, tienen un gran potencial para
el desarrollo de actividades de carácter metropolitano, en donde se desarrollará un Plan
Específico, el mismo que será evaluado y aprobado por el Instituto Municipal de
Planeamiento.
3 Zona Monumental (ZM)
Constituyen un tipo específico de ZRE, en donde se localizan bienes inmuebles integrantes del
Patrimonio Cultural de la Nación. Las intervenciones en este tipo de zonas se rigen según lo
dispuesto en la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación.
3 Zona Patrimonio Arqueológico (ZAQ)
Son áreas que contienen restos arqueológicos, que han sido delimitados y declarados por el
Ministerio de Cultura, por tanto, no son urbanizables ni edificables. Cualquier intervención en
estas áreas deberá contar con la aprobación del Ministerio de Cultura.
3 Reserva Paisajista (RP)
Definida por los espacios aledaños a los cauces ribereños y las áreas identificadas con alto valor
natural, cultural y patrimonial, incluye la ronda hidráulica, el área de manejo y preservación
ambiental y las andenerías prehispánicas. No es urbanizable ni edificable; solamente se permitirán
obras de pequeña envergadura (caminerías, estares, servicios básicos y similares) que
complementen su carácter paisajista, proyectados bajo el criterio de planificación integral, previa
evaluación y aprobación del Instituto Municipal de Planeamiento (IMPLA).
CUADRO RESUMEN:
USOS ESPECIALES / ZONA DE RECREACIÓN / ZONA DE REGLAMENTACIÓN ESPECIAL / ZONA
MONUMENTAL / ZONA PATRIMONIO ARQUEOLÓGICO / RESERVA PAISAJISTA
ZONIFICACIÓN DENSIDAD
NETA
LOTE
NORMATIVO
FRENTE DE
LOTE
ALTURA
EDIFICACIÓN
COEFICIENTE
EDIFICACIÓN
ÁREA LIBRE
USOS ESPECIALES
OU
SE REGIRÁ POR LOS PARÁMETROS CORRESPONDIENTES A LA ZONIFICACIÓN COMERCIAL O
RESIDENCIAL PREDOMINANTE
OU
SE REGIRÁ POR LOS PARÁMETROS CORRESPONDIENTES A LA ZONIFICACIÓN COMERCIAL O
RESIDENCIAL PREDOMINANTE
ZONA RECREACIÓN ZR
SE REGIRÁ POR LOS PARÁMETROS QUE SE ESTABLEZCAN EN EL PLANEAMIENTO INTEGRAL QUE LA
GENERE. PERMITIÉNDOSE UN 5% DE ÁREA CONSTRUIDA COMO MÁXIMO
ZONA DE
REGLAMENTACIÓN
ESPECIAL
ZRE – CH SE REGIRÁ POR LOS PARÁMETROS QUE SE ESTABLEZCAN EN EL PLAN ESPECÍFICO QUE LAS GENEREN
ZRE – PP 165 HAB/HA
300 m o el lote existente
s. d.
6 m hacia el frente 9m al interior con retiro de 4m
2 en predios hasta 150 m 1 en predios sin construcción y área de terreno mayor a 151 m
40% uso residencial 40% uso comercial
ZRE - PA SE REGIRÁ POR LOS PARÁMETROS QUE SE ESTABLEZCAN EN EL PLAN ESPECÍFICO QUE LAS GENEREN
ZRE – PN SE REGIRÁ POR LOS PARÁMETROS QUE SE ESTABLEZCAN EN EL PLAN ESPECÍFICO QUE LAS GENEREN
ZRE – RE SE REGIRÁ POR LOS PARÁMETROS QUE SE ESTABLEZCAN EN EL PLAN ESPECÍFICO QUE LAS GENEREN
ZRE – RI 1
ZONAS QUE CONTIENEN USOS NO CONFORMES: NO ESTÁN AUTORIZADAS NUEVAS OBRAS NI
CAMBIOS DE USO
ZRE – RI 2 NO URBANIZABLE NI EDIFICABLE. ZONAS DE RECUPERACIÓN FÍSICA Y AMBIENTAL Y TRATAMIENTO
COMO ESPACIOS PÚBLICOS VERDES Y DE FORESTACIÓN
ZRE - RU SE REGIRÁ POR LOS PARÁMETROS QUE SE ESTABLEZCAN EN EL PLAN ESPECÍFICO QUE LAS GENEREN
ZONA MONUMENTAL ZM SE REGIRÁN POR NORMAS DEL MINISTERIO DE CULTURA
PATRIMONIO
ARQUEOLÓGICO
ZAQ NO URBANIZABLE NI EDIFICABLE, SE REGIRÁ POR NORMAS DEL MINISTERIO DE CULTURA
RESERVA PAISAJISTA RP NO URBANIZABLE NI EDIFICABLE
3 Zona Agrícola
Constituida por áreas destinadas a la agricultura y la ganadería dentro del área urbana de la
ciudad.
3 Expansión Agrícola
Son las áreas identificadas con vocación para la expansión de la frontera agrícola y de las
actividades agropecuarias y agroindustriales.
CUADRO RESUMEN:
ZONA AGRÍCOLA / EXPANSIÓN AGRÍCOLA
ZONIFICACIÓN DENSIDAD
NETA
LOTE
NORMATIVO
FRENTE DE
LOTE
ALTURA
EDIFICACIÓN
COEFICIENTE
EDIFICACIÓN
ÁREA LIBRE
ZONA AGRÍCOLA ZA NO URBANIZABLE NI EDIFICABLE
EXPANSIÓN AGRÍCOLA EA NO URBANIZABLE NI EDIFICABLE
3 Cuadro de Compatibilidades
Artículo 4. Del Cambio de Zonificación
Cualquier modificación de la zonificación, posterior a la aprobación del Plan de Desarrollo
Metropolitano, queda sujeta a las siguientes condiciones:
a. Ningún cambio de zonificación se puede realizar dentro del plazo de dos (02) años
después de aprobado el Plan de Desarrollo Metropolitano. Sin embargo los gobiernos
locales podrán solicitar cambios de zonificación que se consideren justificadamente
necesarios y de interés distrital y/o provincial. Para tal efecto, deberán cumplir los
Zonificación
Asignatura: planeamiento y urbanismo (pyu)
Universidad: Universidad Privada Antenor Orrego
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