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Introducción a la Filosofía del Derecho

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Año académico: 2020/2021
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Universidad San Ignacio de Loyola

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Asignatura: Introducción a la Filosofía del Derecho

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FACULTAD DE DERECHO
INTRODUCCIÓN A LA FILOSOFÍA DEL DERECHO
LAS REGLAS, LA RAZÓN Y LA FUERZA. A PROPÓSITO DE <EL
SEÑOR DE LAS MOSCAS=, DE WILLIAM GOLDING1
Juan Antonio García Amado
La doctrina jurídica tradicional, y en particular la filosofía del derecho, se interrogan desde
siempre acerca del modo en que las reglas sociales y las normas jurídicas surgen y se
imponen en la sociedad, a lo que se añade la cuestión relativa a la manera en que esas
reglas y normas se legitiman. La tradición jurídica y filosófica mantuvo durante siglos la
tesis de que el ser humano es sociable por naturaleza y, por tanto, sólo en la sociedad
organizada alcanzaba el individuo humano su más plena y perfecta realización. Por
consiguiente, las normas y la organización política eran una secuela necesaria del propio
ser del hombre, la dimensión o componente comunitario inmanente a esa naturaleza.
Pero con la llegada de la época moderna entra en crisis esa justificación teleológica y
metafísica del orden social y de sus normas. El ser humano deja de verse como puro
actor del guión preescrito y prescrito con anterioridad y se torna autor de su propia vida
y sus propias realizaciones sociales. Se mantendrá hasta nuestros días la idea común de
que no hay sociedad sin normas, pero las normas ya no son plasmación de ningún fin
preestablecido, sino producto propiamente humano, contingente y variable. La
correlación entre normas jurídicas y poder se torna explícita y la cuestión de legitimación
de ese poder y de sus productos normativos se constituye en problema teórico y clave
de la filosofía política[1]
y jurídica. Frente al tradicional desdoblamiento del sujeto en individuo empírico y ser
genérico portador de esencias naturales determinantes, el sujeto moderno se concibe
como puro ser empírico, como individuo que gobierna autónomamente su vida en un
mundo que no está sujeto a más determinación que la de la causalidad material. Ya no
somos portavoces de una naturaleza de alguna forma trascendente que se nos impone
y convierte nuestras vidas y agrupaciones en realización de un fin predeterminado, sino
dueños enteramente de nuestros destinos. El estado <natural= del hombre es el de ser
libre, autónomo, ya se lo conciba movido por sus instintos o impulsos primarios, ya
guiado por una razón que es ante todo raciocinio individual. El sujeto genérico deja su
sitio al individuo concreto. Con ello aparece un nuevo problema. Ahora el gran
interrogante será el de por qué el hombre vive en sociedad y se somete a normas,
sociedad y normas que suponen limitaciones a su irrestricta libertad como individuo.
Vivir en sociedad es vivir bajo normas y las normas ya no se ven como la prolongación
de la naturaleza humana, sino como su limitación.
1 Texto extraído de https://www.garciamado.es/2014/04/las-reglas-la-razon-y-la-fuerza-proposito-de-
el-senor-de-las-moscas-de-william-golding-2/